REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
TRIBUNAL TERCERO (3º) DE PRIMERA INSTANCIA DE
SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLÍVAR
SEDE CIUDAD BOLIVAR

Ciudad Bolívar, 29 de julio de 2015
205° y 156°

IDENTIFICACIÓN DE LA CAUSA

Nº DE EXPEDIENTE: FP02-L-2013-000385

PARTE ACTORA: LUIS ELIAS PEREZ.-venezolano mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 6.615.977.
APODERADOS JUDICIALES DE LA PARTE ACTORA: RAMON ANTONIO CORDOVA ASCANIO, JOSMERLI VIRGINIA JORDAN MORILLO, EDWIN EDRID GIL ORTUÑO Y EMIL EVAR LAVAN RODRIGUEZ, venezolanos, abogados en ejercicio inscritos en el IPSA bajo los números 6.308,122.662, 164.420 y 190.006, respectivamente.
PARTE DEMANDADA: CONSORCIO OVI TOCOMA.
APODERADOS JUDICIALES DE LA PARTE DEMANDADA: ELVIS DE JESUS GONZALEZ, HUMBERTO RAFAEL VARGAS LOPEZ, ROXANA DE LOS ANGELES RODRIGUEZ CABELLO Y JOSE RAFAEL BUSTILLOS MENDOZA. Venezolanos, mayor de edad, abogados en ejercicio inscritos en el IPSA bajo los números 93.287, 160.041, 92.637 y 98.034, respectivamente.

En el día de hoy, miércoles veintinueve (29) de julio de 2015, siendo el día y la hora fijada para que tenga lugar la prolongación de la Audiencia Preliminar, se hizo el llamado tres (3) veces en la Sala de Alguaciles de este Circuito Laboral a viva voz, y a tal efecto se deja expresa constancia de la comparecencia del ciudadanos JOSE RAFAEL BUSTILLOS MENDOZA. Venezolanos, mayor de edad, abogados en ejercicio inscritos en el IPSA bajo el número 98.034, quien actúa en nombre y representación de la parte DEMANDADA, según consta en el poder que riela al folio 22 de este asunto, a los fines legales consiguientes. Acto seguido, se deja constancia expresa de que la parte actora no compareció ni por si ni por representación judicial alguna; acarreando las consecuencias jurídicas previstas en la Ley adjetiva Laboral. en este estado es necesario declarar el desistimiento del proceso en función a lo establecido en el articulo 130 de la ley Orgánica Procesal del Trabajo, declarando el procedimiento terminado, Es todo, se terminó, se leyó y estando conformes firman:
EL JUEZ 3º DE S. M. E DEL TRABAJO,


ABG. RAFAEL JIMENEZ CHACÓN

LA REPRESENTACIÓN JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA


EL SECRETARIO DE SALA,
ABG. EDUARDO BÁEZ