REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA CIVIL, MERCANTIL SEDE EN PUERTO ORDAZ

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MECANTIL Y AGRARIO DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLÍVAR
PUERTO ORDAZ, 14 DE JULIO DEL 2.015
AÑOS: 204º Y 155º.-
COMPETENCIA MERCANTIL

Visto el Desistimiento del Procedimiento contenido en diligencia de fecha 13 de Febrero del presente año, suscrita por el Abogado FERNANDO GARCIA MATA, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 11.779, con el carácter acreditado en autos, en el presente juicio de COBRO DE BOLIVARES POR EL PROCEDIMIENTO DE INTIMACIÓN, presentada por la Sociedad Mercantil C.A. BANCO UNIVERSAL, contra la Sociedad Mercantil J.D. SUMANCO, PERSIANAS Y DECORACIONES, C.A. y los ciudadanos JOSE DOMINGO ACOSTA DURAN y MARILYN DEL VALLE ACEVEDO CAMPOS, y no siendo contraria a derecho este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y AGRARIO DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVAR, de conformidad con lo dispuesto en los Artículos 26, 40 ordinal 1ro, 253, 257 de la Constitución Nacional y el Artículo 265 del Código de Procedimiento Civil, le imparte su aprobación, lo HOMOLOGA en todas y cada una de sus partes, y así se decide en nombre de la República y por Autoridad de la Ley.

Así mismo, se acuerda REVOCAR LA MEDIDA PROVISIONAL DE EMBARGO, decretada por este Tribunal en fecha 10/12/2013.

Publíquese y Regístrese y déjese copia de la presente decisión.

EL JUEZ PROV.,

ABG. JOSE SARACHE MARIN

EL SECRETARIO,

ABG. JHONNY CEDEÑO
Publicada en el día de su fecha, previo anuncio de ley, siendo las dos horas de la tarde (2:00 p.m.)
EL SECRETARIO,

ABG. JHONNY CEDEÑO
JSM/jc/judith
EXP. N° 43.440