REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO Y TRÁNSITO DEL PRIMER CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLÍVAR
206º Y 156º
RESOLUCION Nº. PJ0192015000165
ASUNTO Nº. FP02-V-2015-000208

Cursa ante este Tribunal juicio de desalojo incoada por Carmen Leonidas Puerta Guzmán, venezolana, mayor de edad, civilmente hábil, titular de la cedula de identidad Nº 4.595.386 de este domicilio contra Joannet Jaselin Lizardi Aliendres, venezolana, mayor de edad, civilmente hábil, titular de la cedula de identidad Nº 16.649.029 de este domicilio.

El apoderado de la parte actora en diligencia de fecha 08 de julio de 2015, la cual riela en folio 166 solicita “tazar” la presente cuestión previa alegada por la parte demandada, la cual fue declarada sin lugar y condenada en costa.

Vista la petición formulada, referida que sean tasadas las costas procesales causadas por la declaratoria sin lugar de las cuestiones previas opuestas por la demandada, este Tribunal declara INADMISIBLE la referida petición por cuanto en este estado del juicio no es posible darle curso, a dicha petición pues conforme a lo previsto en el articulo 284 del Código Procedimiento Civil “las costas que se causen en las incidencias, solo podrán exigirse a la parte vencida al quedar firme la sentencia definitiva”. Así se decide administrando Justicia y por autoridad de la Ley.

Dada, firmada y sellada en la Sala de Audiencias de este Tribunal, en Ciudad Bolívar, a los diez días del mes de julio del año dos mil quince. Años: 206° de la Independencia y 156° de la Federación.
El Juez,

ABG. MANUEL ALFREDO CORTES.-
La Secretaria,

ABG. SORAYA CHARBONE.
MAC/SC/mares.-
DIARIZADO