SENTENCIA INTERLOCUTORIA CON FUERZA DE DEFINITIVA
DECLARANDO DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y EXTINGUIDA

En horas hábiles del día de hoy 17/07/15, siendo la DIEZ Y TREINTA de la MAÑANA día y hora acordados para que comparezcan los ciudadanos: EDWARD ALEXANDER JIMENEZ Y EVA MARIA LUGO DE JIMENEZ titulares de la Cedulas de Identidad Nros: 16.099.706 y 19.729.598 , respectivamente, en la causa por REGIMEN DE CONVIVENCIA FAMILIAR , el Tribunal deja constancia de que no comparecieron ninguna de las partes, ya identificadas, a la presente audiencia, por lo cual este Tribunal administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara DESISTIDO el presente procedimiento, de conformidad con lo establecido en el artículo 472, primera parte de la Ley Orgánica para la Protección de niños, niñas y adolescentes y en tal virtud EXTINGUIDA LA INSTANCIA, advirtiéndole a la demandante que no podrá volver a presentar nueva demanda antes de que transcurra un (01) mes, contados a partir de la presente fecha. Déjese constancia en el Libro Diario del Tribunal y archívese el presente expediente.