REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA Y COCOROTE..

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

Dirección Ejecutiva de la Magistratura
Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Felipe, Independencia y Cocorote, de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy.

El presente traslado es gratuito, como lo consagra la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. En horas de despacho del día de hoy 29 de julio de 2015, se traslado y Constituyó, siendo las 10:30 a.m; este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Felipe, Independencia y Cocorote, de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy; a cargo del Juez Provisorio Abogado TRINO LA ROSA VAN DER DYS y el Secretario Abogado EDUARDO A. IBARRA G., titulares de las cedulas de identidad números: 6.194.808 y 10.853.325; respectivamente. Con el fin de practicar Inspección judicial signado con el número 489-15 nomenclatura de este Tribunal, en la siguiente dirección: “Sector culantrillo primer puente, del municipio Independencia del estado Yaracuy”, donde fue conducido por la ciudadana Abogada Dailing Desiree James Tovar, venezolana, mayor de edad titular de la cedula de identidad Nº 15.108.029 e inscrito en IPSA bajo el número 121.703. en su carácter de apoderada judicial de la Alcaldía del Municipio Independencia del Estado Yaracuy. El Tribunal deja constancia que fuimos acompañados por funcionarios adscritos a Patrulleros urbanos a cargo del Oficial Jony Freitez, venezolano, mayor de edad. Titular de la cedula de identidad Nº 16.481.810. En este estado y previa solicitud de la interesada, se designa como experto en fotógrafo al ciudadano Parra Parra Jhowic Jogregory, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad número V-12.083.413, y como experto en catastro el ciudadano Rafael Andrés Cordero Castillo venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad número V-16.594.291 quienes fueron juramentadas por el Juez de este Juzgado de la manera siguiente: “juran ustedes cumplir bien y fielmente con los deberes inherentes a los cargos designados”. Y contestaron “Si lo juramos”. Inmediatamente, el experto fotógrafa procedió a tomar las fotografías con una cámara digital marca Sony, serial 2279589, para que una vez tomadas y reproducidas las mismas sean consignadas y agregadas a los autos mediante la presentación de su escrito de consignación fotográfica al segundo (2do) día de despacho siguientes al de hoy. Seguidamente, se procede a dar cumplimiento a los particulares de la Inspección Judicial solicitada de la manera siguiente: PARTICULAR PRIMERO: El tribunal deja constancia que el inmueble se encuentra ubicado y constituido por un lote de terreno que forma parte del sector Culantrillo, primer puente del Municipio Independencia del Estado Yaracuy, el tribunal al solicitar al experto de catastro información sobre este particular el mismo manifestó está ubicado en el Sector culantrillo primer puente del Municipio Independencia del estado Yaracuy, con un área de terreno de 19.944,68 m2, de igual forma se observa la construcción de un inmueble tipo vivienda, improvisado construido en material de zinc y asbesto, cuyo linderos particulares son Norte: Zona de repoblación forestal, Sur: Propiedad que fue de Miguel Ramallo, Este: Zona de repoblación forestal y propiedad que es o fue de María Valentina Medina, Oeste: Quebrada agua viva. SEGUNDO PARTICULAR: Se deja constancia que el mismo se encuentra enmantado con materiales de desecho y no se aprecia ninguna otra construcción, con árboles frutales y ornamentales, en estado de abandono. En este estado el Tribunal no teniendo más preguntas que evacuar, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y Por Autoridad de la Ley Declara PRACTICADA LA INSPECCIÓN JUDICIAL y habiendo cumplido su misión acuerda el regreso a su sede siendo las 11:20 am,. Terminó, se Leyó y Conforme firman.-
El Juez Provisorio.


Abgº TRINO LA ROSA VAN DER DYS





El apoderado judicial de la solicitante,

El Fotógrafo,

El Experto de catastro.


El Funcionario Policial.


El Secretario,

Abgº EDUARDO IBARRA.