REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA Y COCOROTE..
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA Y COCOROTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY
San Felipe, 6 de julio de 2015
Años: 205º y 156º
Vista la solicitud que encabeza las presentes actuaciones, así como las declaraciones de los testigos presentados por la parte interesada, ciudadanos SONIA JOSEFINA RIVERO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 4.964.613, con domicilio en la Calle 05 entre Av. 8 y 9, Barrio Zumuco, Municipio San Felipe del estado Yaracuy y WILLIAN RAFAEL LÓPEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 4.127.451 y con domicilio en la Calle 01, casa Nº 04, Barrio Andrés Eloy Blanco, Municipio San Felipe del estado Yaracuy; sin perjuicios de terceros de igual o mejores derechos, este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Felipe, Independencia y Cocorote de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme lo previsto en el artículo 936 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TÍTULO DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS suficiente para asegurarle el derecho que le corresponde a los ciudadanos NURIA RAMONA AREVALO, ALEXANDER JOSÉ CORONEL AREVALO, CRUZ RAFAEL CORONEL AREVALO, CRUZ ENRIQUE CORONEL AREVALO, MARÍA MARGARITA AREVALO, ERENIA DE LA CRUZ AREVALO, JOSÉ FELIX CAMACARO AREVALO, JUAN OLINDO AREVALO, ERNANI ALEJANDRO AREVALO, PEDRO GREGORIO AREVALO, EDALYS MERCEDES AREVALO y CARLOS RAFAEL AREVALO RODRÍGUEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. 4.483.378, 12.077.445, 13.795.605, 18.546.932, 4.966.376, 5.465.513, 7.554.956, 7.594.217, 7.910.455, 10.857.730, 10.860.604 y 12.727.083 respectivamente de la ciudadana MARÍA ENCARNACIÓN AREVALO RODRÍGUEZ, quien era venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 822.645. Devuélvase original con sus resultas a la parte interesada y déjese copia en el archivo del Tribunal.
El Juez Provisorio,
Abog. TRINO LA ROSA VAN DER DYS
El Secretario,
Abog. EDUARDO IBARRA
En esta misma fecha se devuelve original con sus resultas, constante de cuarenta y tres (43) folios útiles, a la parte interesada.
El Secretario,
Abog. EDUARDO IBARRA
Solicitud Nº 413
TLRVDD/er.-