REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO BRUZUAL.

TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO BRUZUAL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.

Chivacoa, 16 de Julio del 2015
Años: 205° y 156°

Vista la solicitud que encabeza las presentes actuaciones, así como las declaraciones de los testigos presentados por las partes interesadas, ciudadanos, CELICA MARTINEZ, Venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 25.031.196, con domicilio en la Comunidad de San Ramón de la Ciudad de Chivacoa, Municipio Bruzual del Estado Yaracuy y ELWIN ESCORCHE, Venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 14.998.284 con domicilio en la Comunidad de San Ramón de la Ciudad de Chivacoa, Municipio Bruzual del Estado Yaracuy. Este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Bruzual de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme lo previsto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO de Propiedad a favor de la Ciudadana ELIANNY ISSABELA ALVAREZ ALVAREZ, Venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 20.542.441; sin perjuicios de terceros de iguales o mejores derechos sobre una bienhechuría que la solicitante fomentó en un Lote de Terreno propiedad del Instituto Nacional de Tierras (Inti), que mide CIENTO CUARENTA Y CUATRO METROS CUADRADOS (144,00 Mts2), en un área de construcción de R6= SESENTA Y CUATRO METROS CUADRADOS (64,00 Mts2), Ubicada en la Calle Principal entre Calle 25 de Diciembre y Calle José G. Hernández Comunidad San Ramón Parroquia Campo Elías Municipio Bruzual Estado Yaracuy, consistente de Una Casa de una sola pieza, construida con paredes de bloques, techo de Zinc, piso de cemento rustico, con una puerta de entrada de madera, con servicios de aguas blancas y de electricidad, cercada perimetralmente con estantillos de madera viva y muerta a cinco cintas de alambre de puas; cuyos linderos son los siguientes: NORTE: Casa y solar que es o fue de Zenón Arias en 12.00 ml; SUR: Terreno de Hugo Álvarez en 12.00 ml; ESTE: Terreno de Karen Álvarez en 12..00 ml; OESTE: Vía de acceso a la calle principal su frente en 12.00 ml. Según se evidencia del Certificado de Empadronamiento Nº


22-03-02-AR-116-18-19, Otorgado por la Dirección de Catastro del Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, en fecha 21 de Enero del año 2015. Devuélvase original Con sus resultas a la parte interesada y déjese copia certificada en el archivo del Tribunal. Se le Asignó el No. 3781/2015.-

El Juez,


Abg. EFRAÍN BALLESTER ACOSTA La Secretaria,


Abg. Erlen Martínez







EBA/EM/klency.-