TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO NIRGUA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.-
Nirgua, diecisiete de julio del año dos mil quince
205º y 156º
Visto el anterior escrito de solicitud efectuada por la ciudadana: FLOR MARÍA MORALES MENDOZA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 3.577.332, de este domicilio, asistida por la abogada: NATHALIA DE LOURDES PIÑA SILVA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V.- 17.495.473, e inscrita en el I.P.S.A. N° 188.481, de este domicilio, actuando en su carácter de parte demandante en la causa N° 5.991/12, por solicitud de divorcio 185-A, donde solicita se sirva requerirle al archivo judicial que remita a este tribunal el precitado expediente, con el objeto de que una vez que se encuentre en este tribunal se sirva expedirle dos juegos de copias certificadas de la sentencia dictada por este tribunal; désele entrada y fórmese expediente, admítase a sustanciación en todo lo que no sea contrario a derecho; en consecuencia, líbrese oficio a la directora del archivo judicial de esta Circunscripción Judicial, a los fines de que remita a este tribunal el expediente antes citado, por encontrarse la misma terminada y enviada al archivo judicial, según legajo N° 197, oficio N° 3.300/190 de fecha doce (12) de abril de 2.013.-
El Juez, Titular
Abog. Iván Palencia Arias.
La Secretaria, Titular
Abog. Mélida Rodríguez.
En la misma fecha se le dio entrada bajo el Nº 7.320/15, del Libro de causa llevado por este Tribunal, y se cumplió con todo como fue ordenado en auto anterior.-
La Secretaria.-
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