REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo de 1ra. Instancia Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar
Ciudad Bolívar, diez de junio de dos mil quince
205º y 156º

ASUNTO: FH02-X-2015-000016

Visto el escrito de fecha 11/05/15 presentado por la abogada Nélida Ramos Girón apoderada de la parte actora Luís Wilfredo Belisario en el Juicio de divorcio incoada contra la ciudadana Ruth Agusmary Moreno Peña, este Tribunal de conformidad con lo establecido en el artículo 191, ordinal 3º del Código Civil, se decreta medida preventiva de embargo sobre el vehículo identificados así: Marca: Chevrolet, Modelo: T/A Limited/Optra; Año: 2.008, Color: Plata; Clase: Automóvil, Tipo: Sedan, Uso: Particular, Placa: AA237KK, Señal N.I.V: 8Z1JJ51338V351285; Serial de Carrocería: 8Z1JJ51338V351285; Serial Chasis: 8Z1JJ51338V351285, Serial Motor: 389V351285; a tales efecto se ordena comisionar suficientemente a cualquier Juzgado de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Heres o Caroni de la Circunscripción Judicial del estado Bolívar; asimismo se ordena oficiar lo conducente a las Autoridades Civiles y/o Militares del estado Bolívar para que procedan a la detención administrativa del vehículo antes mencionado y ponerlo a la orden del Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de medidas del lugar se produzca la detención. Líbrese comisión y el oficio correspondiente.
El Juez,

Abg. Manuel A. Cortés.
La Secretaria,

Abg. Soraya Charboné.
MAC/SCH/indira.-
Resolución PJ0192015000137