REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR DE LO CONTENCIOSO TRIBUTARIO DE LA REGIÓN GUAYANA CON COMPETENCIAS EN LAS CIRCUNSCRIPCIONES JUDICIALES DE LOS ESTADOS AMAZONAS Y DELTA AMACURO SEDE CIUDAD BOLIVAR

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
TRIBUNAL SUPERIOR DE LO CONTENCIOSO TRIBUTARIO
de la Región Guayana con Competencia en las Circunscripciones Judiciales
de los Estados Amazonas, Bolívar y Delta Amacuro.

Ciudad Bolívar, 11 de marzo de 2015.
204º y 156º

ASUNTO: FP02-U-2007-000049

Revisadas las actas procesales que conforman el asunto identificado con el epígrafe de la referencia, se observa que este Tribunal en fecha 11 de junio de 2007, dictó y publicó Sentencia Interlocutoria Nº PJ0662007000022 (v. folios 75 al 81), mediante la cual este Despacho declaró la HOMOLOGACIÓN del desistimiento efectuado por la contribuyente, ordenando la notificación de la Administración Tributaria, la cual se encuentra debidamente cumplida, a tal efecto, en fecha 19 de julio de 2007, el Alguacil de este Despacho dejo constancia en autos de haber entregado la referida notificación (v. folios 83 y 84), en este sentido, en fecha 20 de octubre de 2011, este Juzgado procedió a declarar firme el contenido de la sentencia dictada por este Despacho, de conformidad con el artículo 280 eiusdem. Ahora bien, en virtud de que no quedan actuaciones pendientes, se da por terminado el presente asunto, ordenándose el correspondiente cierre y archivo definitivo, a partir del presente auto. Para lo cual se deja constancia que el mismo se encuentra constituido por una (1) pieza principal de ciento treinta y tres folios (133).

LA JUEZA SUPERIOR PROVISORIA





ABG. YELITZA C. VALERO R.
LA SECRETARIA



ABG. MAIRA A. LEZAMA R.

YCVR/Malr/cornelio.-