REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y del Transito del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar
Ciudad Bolívar, 24 de Marzo de 2015
204º y 156º
Vista la diligencia de fecha 11/03/2015 presentada por la abogada VICKY LEE DE GORDILLO, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado según matrícula Nº 93.304 y de este domicilio, el Tribunal a los fines de pronunciarse observa:
El día 21/03/2013 se dicto auto mediante el cual el tribunal fijo el DECIMO QUINTO DIA DE DESPACHO SIGUIENTE previa notificación de las partes para la presentación de informes en virtud de la renuncia hecha por la abogada Vicky Lee de Gordillo de la prueba de informes. De dicho auto la mencionada abogada Vicky Lee de Gordillo apeló quedando anotado dicho recurso bajo la nomenclatura FP02-R-2013-000076.
El Tribunal en fecha 05/04/2013 dictó auto oyendo la apelación en un solo efecto devolutivo ordenando la remisión de las copias que señale el apelante y este tribunal.
Ahora bien, en virtud del desistimiento hecho por la abogada Vicky Lee de Gordillo, el Tribunal considera que por cuanto no es contrario a derecho, en consecuencia, HOMOLOGA dicho desistimiento de la apelación que corre inserta en el recurso FP02-R-2013-000076 en los términos planteados por la referida abogada.
El Juez Provisorio
Abg. José Rafael Urbaneja Trujillo
La Secretaria,
Abg. Silvina Coa Martínez
JRUT/SCM/Beatriz.-
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