REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA CIVIL, MERCANTIL SEDE EN PUERTO ORDAZ

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y AGRARIO DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLÍVAR.
PUERTO ORDAZ, CUATRO (04) MARZO DEL 2015.
AÑOS: 204° Y 156°
COMPETENCIA CIVIL.

Visto los DESISTIMIENTOS de la acción del presente juicio de: DEMOLICIÓN DE OBRA, presentados en fechas 13/02/2015; 23/02/2015 y 02/03/2015, descritas a continuación: Primera: suscrita por la co-demandante ciudadana MONICA BEATRIZ CARDENAS ORTIZ, plenamente identificada en autos, debidamente asistida por la abogada en ejercicio MARIA FELIX MAURERA, inscrita en el I.P.S.A bajo el Nro. 54.842. Segunda y Tercera: suscritas por el abogado en ejercicio ADALBERTO HENRIQUE OXFORD NUÑEZ, inscrito en el I.P.S.A bajo el Nro. 119.756, en su carácter de apoderado judicial de los co-demandante, ciudadanos: AGELVIS RAFAEL MARTINEZ LIRA, TATIANA YAMILET MARCANO MONROY y PAUL EDUARDO SOTO URDANETA, plenamente identificados en autos, PARTE CO-ACTORA, contra la Sociedad Mercantil CENTRO MÉDICO PROFESIONAL PUERTO ORDAZ, C.A., de este domicilio RIF: Nº J-31029443-7 y debidamente inscrita por ante el Registro Mercantil primero de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, con sede en Puerto Ordaz, en fecha 27 de mayo del 2003, bajo el Nº 35, Tomo 15-A-Pro, y posteriormente reformada por ante ese mismo Registro Mercantil en fecha 26 de abril del 2011, bajo el Nº 3, Tomo 43-A- REGMERPRIBO; y no siendo contraria a derecho este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL MERCANTIL Y AGRARIO DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVAR, de conformidad con lo dispuesto en los Artículos 26, 40 ordinal 1ro, 253, 257 de la Constitución Nacional, y los artículos 263 y 265 del Código de Procedimiento Civil, le imparte su aprobación, y HOMOLOGA en todas y cada una de sus partes, el desistimiento presentado solo en lo que se refiere a los ciudadanos: AGELVIS RAFAEL MARTINEZ LIRA, TATIANA YAMILET MARCANO MONROY y PAUL EDUARDO SOTO URDANETA, continuándose el juicio solo con los co-demandantes: YAJAIRA ZAMBRANO, ENRIQUE GONZALEZ, YOURY ZAIBETHOMAÑA MEDINA, ALFREDO CALZADILLA, ANA VASALLO, MICHAELA AMILACHVARY,, LUCIA JOSEFINA BRUNINI ESTABA, SARA JOSEFINA MARCANO CASTRO, HENRY RIVERO y JOSE MANUEL RIVERO que no han presentado intensión de desistir en este proceso, dándole el carácter de sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, y así se decide en nombre de la República y por Autoridad de la Ley.
Publíquese y regístrese y déjese copia de la presente decisión.
EL JUEZ PROVISORIO,


ABG. JOSÉ SARACHE MARÍN

EL SECRETARIO,

ABG. JHONNY CEDEÑO
Publicada en el día de su fecha, previo anuncio de ley, siendo las dos y treinta minutos de la tarde (2:30 p.m.).
EL SECRETARIO,

ABG. JHONNY CEDEÑO
JSM/jc/eloisa
EXP. Nº 43.648-14