REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar
Ciudad Bolívar, 27 de marzo de dos mil quince.
204º y 155º
Visto el desistimiento hecho por el abogado Luís Toussaint Rivas, inscrita en el I.P.S.A bajo el Nº 20450 en su carácter coapoderado judicial de la ciudadana Marian Florinda Cambera Hevia, quien actúa en su propio nombre y en representación de su difunta hija Miriam Dolmarys Hernández Cambera en el juicio de daños y perjuicios derivados de accidente de tránsito en contra de la empresa Distribuidora de Lácteos Rosicler, C.A, en la persona de su presidente ciudadano Firmo Sironio Da Silva Henriquez este Tribunal atendiendo a lo dispuesto en el artículo 265 del Código de Procedimiento Civil y por cuanto el apoderado de la demandante está facultado para desistir conforme al poder que cursa al folio 06, da por consumado el acto y procede, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley a HOMOLOGAR como en efecto lo hace el desistimiento del procedimiento absteniéndose de homologar el desistimiento de la acción por cuanto el coapoderado Luis Toussaint Rivas no tiene facultades para disponer del derecho en litigio. En consecuencia, se ordena la devolución de los originales consignados con la demanda, previa certificación y se ordena dar por terminadas las presentes actuaciones. Remítase el presente expediente a la oficina de Archivo Judicial de este Estado a los fines de su mejor resguardo, constante de (1) pieza consta de cuarenta y cinco (45) folios útiles. Procédase como se ha decidido.-
El Juez,
Abg. Manuel A. Cortés B.
La Secretaria,
Abg. Soraya Charboné.-
MACB/SCH/indira
ASUNTO: FP02-V-2015-000166
Resolución Nº PJ0192015000081
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