REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO Y TRANSITO DEL PRIMER CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVAR
CIUDAD BOLIVAR, SEIS DE MARZO DE DOS MIL QUINCE
204º Y 156º

RESOLUCION Nº.PJ0192015000056
CUADERNO DE MEDIDA Nº: FH02-X-2015-000009
ASUNTO PRINCIPAL Nº: FP02-M-2015-000011

Se abre el presente cuaderno separado de medidas encabezado con copia certificada del auto de admisión en el juicio por cobro de bolívares via intimación intentada por la ciudadana Betzaida Josefina Arrioja, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº. 8.851.182 de este domicilio, representada por la profesional del derecho Evaluz De Pace D., inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado según matrícula N° 70.658 y de este domicilio contra María Concepcion Giron Galito, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº. 4.9848.476 y domiciliada en la avenida Andrés Bello, edificio Brillante Piso 02, apartamento 05 de la parroquia Catedral de Ciudad Bolívar, este Tribunal de conformidad con el artículo 646 del Código de Procedimiento Civil decreta medida de prohibición de enajenar y gravar sobre:

1.- La cuota parte del derecho de propiedad perteneciente a la demandada ciudadana María Concepción Girón de Vallez, debidamente identificada, del Edificio denominado Galerías Paris, ubicado en la calle Dalla Costa, distinguido con el Nº.07 de Ciudad Bolívar, Municipio Autónomo Heres del estado Bolívar, equivalente a un cuarto (1/4) de derecho de propiedad, la cual se encuentra debidamente registrada por ante la oficina Subalterna de Registro Público del Distrito Heres de Ciudad Bolívar, bajo el Nº.2010.2555, Asiento Registral 1, del inmueble Matriculado con el Nº.299.6.3.1.1458, con una parcela de terreno de consta de una superficie total de quinientas ochenta y cinco metros cuadrados (585 mt2), cuyos linderos son los siguientes: NORTE: Casa de la sucesión de Víctor Grillet, y con casa que fue de A Batistini, SUR: Casa del Dr. Virgilio Casalta, ESTE: Fondo de la sucesión de Merizo Pachezzi, y OESTE: calle Dalla Costa, con una área de construcción aproximada de ochocientos cuarenta y siete metros con noventa centímetros cuadrados (847,90 M2).- Líbrese oficio al Registro Publico del Municipio Heres del Estado Bolívar, para que se estampe la nota marginal en el libro que corresponde.-
El Juez,

ABG. MANUEL ALFREDO CORTÉS.-
La Secretaria,

ABG. SORAYA CHARBONÉ.-


MAC/SC/mares.-
DIARIZADO