REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO BRUZUAL.
TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO BRUZUAL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.
Chivacoa: 17 de Marzo de 2015
Años: 204° y 155°
Vista la solicitud que encabeza las presentes actuaciones, así como las declaraciones de los testigos presentados por la parte interesada, ciudadanos: ELIZABETH COROMOTO FREITEZ OCHOA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad Nro. V-24.798.205, domiciliada en la Comunidad Los Bolivarianos, Chivacoa, Municipio Bruzual, Estado Yaracuy; y, HENRY CHERRY ORTEGA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad Nro. V-12.281.829, domiciliado en la Comunidad Los Bolivarianos, Chivacoa, Municipio Bruzual, Estado Yaracuy, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme a lo previsto en el Artículo 937º del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO de Propiedad a favor de la Ciudadana: GREICY MILAGROS LOPEZ SUAREZ, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la Cedula de Identidad Nº V-15.768.029, de este domicilio; y, sin perjuicios de terceros de iguales o mejores derechos, sobre unas bienhechurías que la solicitante fomento sobre un Lote de Terreno propiedad Privada que forma parte de una Mayor Extensión Propiedad de Inversiones y Construcciones ROLCA C.A., según Documento N’ 64, Folios 179 al 180, Protocolo Primero, Adicional Segundo, Oficina Subalterna del Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, de fecha 09 de Noviembre de 1.992; que mide una superficie de CIENTO CINCUENTA METROS CUADRADOS (150.00 Mts2), con un Área de Construcción de VEINTIUN METROS CUADRADOS (21.00 Mts2), Ubicado en la Calle 5, Esquina Calle 3, Comunidad Los Bolivarianos, Chivacoa, Municipio Bruzual, Estado Yaracuy, constituida con las siguientes características: Una (01) casa construida con paredes de bloques, techo de zinc, piso de cemento rustico, distribuida de la siguiente manera: Una (01) sala – cocina – comedor y una (01) habitación, con una (01) puerta de madera de entrada y salida con una (01) ventana de aluminio con vidrio tipo romanilla, cercada perimetralmente con estantillos de madera viva y muerta, con seis (06) cintas de alambre de púas, con sus servicios de aguas blancas y electricidad; y, cuyos linderos son los siguientes: NORTE: Calle 5 Su Frente, 10.00 M; SUR: Casa y Solar que es o fue de Víctor Terán, 10.00 M; ESTE: Casa y Solar que es o fue de Rosa Rojas, 15.00 M; OESTE: Calle 3, 15.00 M., Según se evidencia en Certificado de Empadronamiento Nº 22 03 01 U01 120 55 01, otorgado por la Dirección de Catastro del Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, en fecha 24 de Noviembre de 2.014. Devuélvase original con sus resultas a la parte interesada y déjese copia certificada en el Archivo del Tribunal. Se le Asignó el Nº 3658-2015.-
El Juez,
Abg. EFRAÍN BALLESTER ACOSTA
La Secretaria
Audry.- Abg. ERLEN MARTINEZ.