REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO BRUZUAL.

TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO BRUZUAL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.

Chivacoa: 02 de Marzo de 2015
Años: 204° y 155°

Vista la solicitud que encabeza las presentes actuaciones, así como las declaraciones de los testigos presentados por la parte interesada, ciudadanos: KATIUSKA CAROLINA SANCHEZ SANCHEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad Nro. V-25.011.940, domiciliada en la Comunidad Poa Poa, Calle Principal, Parroquia Campo Elías, Municipio Bruzual, Estado Yaracuy; y, JOEL FRANCISCO MENDEZ BAZAN, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad Nro. V-16.261.288, domiciliado en la Comunidad Poa Poa, Parroquia Campo Elías, Municipio Bruzual, Estado Yaracuy, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme a lo previsto en el Artículo 937º del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO de Propiedad a favor de la Ciudadana: YOSELIS JOSEFINA ESCOBAR LOPEZ, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la Cedula de Identidad Nº V-24.797.714, de este domicilio; y, sin perjuicios de terceros de iguales o mejores derechos, sobre unas bienhechurías que la solicitante fomento sobre un Lote de Terreno propiedad del INTi; que mide una superficie de TRESCIENTOS SETENTA Y CINCO METROS CUADRADOS (375.00 Mts2), con un Área de Construcción de CATORCE METROS CUADRADOS CON SETENTA Y CUATRO CENTIMETROS (R6: 14.74), Ubicado en la Calle 2, Esquina Avenida 1, Sector 4 de Febrero, Comunidad Poa Poa, Municipio Bruzual, Estado Yaracuy, constituida con las siguientes características: Una (01) casa de una (01) sola pieza, construida con paredes de bloques, techo de zinc, piso de cemento rustico, con una (01) puerta y una (01) ventana de madera, cercada perimetralmente con estantillos de madera viva y muerta, con cuatro (04) cintas de alambre de púas, con sus servicios de electricidad; y, cuyos linderos son los siguientes: NORTE: Casa que es o fue de Irvis Vargas, 25.00 M; SUR: Avenida 1, 25.00 M; ESTE: Calle 2 Su Frente, 15.00 M; OESTE: Terreno ocupado por Familia Valecillos, 15.00 M., Según se evidencia en Certificado de Empadronamiento Nº 22 03 02 AR 104 16 04, otorgado por la Dirección de Catastro del Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, en fecha 10 de Diciembre de 2.014. Devuélvase original con sus resultas a la parte interesada y déjese copia certificada en el Archivo del Tribunal. Se le Asignó el Nº 3646-2015.-

El Juez,

Abg. EFRAÍN BALLESTER ACOSTA
La Secretaria

Audry.- Abg. ERLEN MARTINEZ.