REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
DIRECCION EJECUTIVA DE LA MAGISTRATURA
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SUCRE, LA TRINIDAD Y ARISTIDES BASTIDAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY
Guama, 02 de MARZO de 2015
Años: 204° y 156°
Vista la solicitud que encabeza estas actuaciones, así como las declaraciones de los testigos presentados por la parte interesada, ciudadanos: NEIDY WILIMAR CHAVEZ LUGO Y KAREN NEILIBETH AVENDAÑO ACOSTA, portadores de las cédulas de identidad número 21.302.502 y 19.062.682 respectivamente, este Tribunal Primero De Municipio Ordinario Y Ejecutor De Medidas De Los Municipios Sucre, La Trinidad y Arístides Bastidas De La Circunscripción Judicial Del Estado Yaracuy, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme lo previsto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO de propiedad a favor de la ciudadana: ROSANGELA KAIRES MENDOZA ALVAREZ, venezolana, mayor de edad, portadora de la cédula de identidad número V- 18.303.383, sobre las bienhechurías, cuyas medidas y demás determinaciones constan en la solicitud que encabezan las presentes actuaciones; sin perjuicio de terceros de iguales o mejores derechos, conforme a lo establecido en el artículo 555 del Código Civil.
LA JUEZA PROVISORIA,
Abog. LIGIA ODE SILVEIRA
EL SECRETARIO,
Abog. JUAN CARLOS SANTOS ÁLVAREZ
En la misma fecha de hoy, y tal como fue ordenado se devuelve constante de sus folios útiles.
EL SECRETARIO,
Abog. JUAN CARLOS SANTOS ÁLVAREZ
maria
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