REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR DE LO CONTENCIOSO TRIBUTARIO DE LA REGIÓN GUAYANA CON COMPETENCIAS EN LAS CIRCUNSCRIPCIONES JUDICIALES DE LOS ESTADOS AMAZONAS Y DELTA AMACURO SEDE CIUDAD BOLIVAR
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL SUPERIOR DE LO CONTENCIOSO TRIBUTARIO
de la Región Guayana con Competencia en las Circunscripciones Judiciales
de los Estados Amazonas, Bolívar y Delta Amacuro.
Ciudad Bolívar, 05 de mayo de 2015.
205º y 156º
ASUNTO: FP02-U-2014-000011
Revisadas las actas procesales que conforman el Asunto identificado con el epígrafe de la referencia, se observa que este Tribunal en fecha 01 de abril de 2014 dictó y publicó Sentencia Interlocutoria con Fuerza de Definitiva Nº PJ0662014000040 en la cual se declaró inadmisible la demanda por Cobro Ejecutivo de Créditos Fiscales-Vía intimación del presente juicio ejecutivo, asimismo, a los fines de dar cumplimiento a lo ordenado en la sentencia antes mencionada, se libraron las respectivas notificaciones a las partes, las cuales fueron debidamente practicadas, tal como consta en los folios 65, 66. En tal sentido, vencido como se encuentra el lapso de apelación, sin que la parte interesada haya hecho uso de tal derecho, por lo que, se procede de oficio a otorgarle firmeza al fallo in comento, y consecuencialmente, el cierre y archivo del presente procedimiento a partir del presente auto dejando constancia que el mismo esta constituido por una pieza principal de sesenta y siete (67) folios útiles.
LA JUEZ SUPERIOR PROVISORIA
ABG. YELITZA C. VALERO R. LA SECRETARIA
ABG. MAIRA A. LEZAMA R.
YCVR/Malr/Jgmt