REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar
Ciudad Bolívar, once de mayo de dos mil quince
205º y 156º
Vista la diligencia de fecha 05/05/2015 suscrita por la ciudadana YASENIS VELASCO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 5.556.854 y de este domicilio, debidamente asistida por el abogado HECTOR SOLARES inscrito en el instituto de previsión social del abogado según matricula Nº 29.731 mediante la cual solicitó se decrete medida preventivas sobre el cincuenta por ciento (50%) de las prestaciones del demandado, este Tribunal de conformidad con lo establecido en el artículo 191, ordinal 3° del Código Civil, decreta medida preventiva de embargo sobre el cincuenta por ciento (50%) de las prestaciones sociales, utilidades y vacaciones, caja de ahorros y fideicomiso, que pudieran corresponder al ciudadano ROBERT MEDINA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 4.980.403 en su carácter de trabajador adscrito a la empresa SIDOR.
Para la práctica de la medida preventiva se comisiona suficientemente al Juzgado Ejecutor de Medidas del Municipio Caroní del Segundo Circuito Judicial del Estado Bolívar, a quien se ordena librar despacho y oficio.
Líbrese comisión y oficios.-
El Juez Provisorio
Abg. José Rafael Urbaneja Trujillo.-
La Secretaria,
Abg. Silvina Coa Martínez.-
JRUT/SCM/Beatriz.-
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