REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO CARONÍ DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLÍVAR

PUERTO ORDAZ, 12 DE MAYO DE 2.015
AÑOS: 204º Y 156º

Vista la solicitud de *DECLARACIÓN DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS*, que encabeza las presentes actuaciones y sus recaudos que la acompañan, presentado por el abogado en ejercicio YRENE BENGAIMAN inscrito en el IPSA bajo el Nro. 107.126, en su carácter de apoderado judicial de los ciudadanos CARLA MARIA PERETTI BALBAS, LAURA CAROLINA PERETTI BALBAS y CARLOS ANTONIO PERETTI ACUÑA, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cedula de identidad nro. V- 15.002.593, V-15.002.590 y V-5.081.209 respectivamente , según consta de instrumento poder otorgado por ante la Notaria Publica Cuarta de Puerto Ordaz, en fecha 10- 02-2.015 y que riela al folio cuatro (4) . En fecha 20 de Marzo de 2.015 fue distribuida la presente solicitud, correspondiéndole al Juzgado Primero del Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Caroni. Segundo Circuito. Circunscripción Judicial del Estado Bolivar, el conocimiento de la presente causa, de conformidad con el acta de esa misma fecha.
En fecha 23 de Marzo de 2.015 se le dio entrada a la SOLICITUD DE UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS y se ordenó su anotación en el Registro de solicitudes respectivo bajo el Nro. 15.064 , y se ADMITE por cuanto ha lugar en derecho, y se insta a los solicitantes a presentar los testigos para que declaren sobre los particulares señalados en el escrito de solicitud . Manifestó el solicitante que la ciudadana MARIA TERESA BALBAS DE PERETTI, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 4.687.282 , falleció AB-INTESTATO, el día 17 de Marzo de 2.010 , en la Urbanización Los Mangos , manzana 8 casa nro. 06 , Puerto Ordaz, Estado Bolívar.
Acompañando la solicitud los siguientes recaudos:
Copia Certificada del Acta de Defunción correspondiente a la de cujus ciudadana MARIA TERESA BALBAS DE PERETTI .
Copia certificada del acta de matrimonio de la de Cujus MARIA TERESA BALBAS DE PERETTI
con CARLOS ANTONIO PERETTI ACUÑA .
Copia certificada del acta de nacimiento de los ciudadanas CARLA MARIA PERETTI BALBAS, LAURA CAROLINA PERETTI BALBAS, hijos del de cujus.
Copia Fotostática Simple de la Cédula de Identidad de los ciudadanos CARLOS ANTONIO PERETTI ACUÑA (conyuge) y de los ciudadanos : CARLA MARIA PERETTI BALBAS, LAURA CAROLINA PERETTI BALBAS, hijos del de cujus.
Copia Fotostática Simple de la Cédula de Identidad del de Cujus ciudadano MARIA TERESA BALBAS DE PERETTI
En fecha 06 de Mayo de 2.015 fueron evacuadas las testimoniales de los ciudadanos ANDREINA DEL VALLE BLANCO CEDEÑO y ALDIBE JOSE QUINTERO BONILLA , venezolanos, mayores de edad, y titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V- 15.689.650 y V- 13.895.742 , respectivamente, en la presente solicitud.
Ahora bien vistos y analizados los recaudos que fueron acompañados al escrito a fines de demostrar sus pretensiones , asi como la declaracion de los testigos , esta Juzgadora le da pleno valor probatorio por tratarse de documentos publicos , asi como a las testimoniales por encontrarlos habiles y contestes. Y ASI SE DECIDE
Con base a los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, es por lo que este TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO CARONI DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVAR, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho y de acuerdo a lo establecido en los Artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA “ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS” del de cujus ciudadano MARIA TERESA BALBAS DE PERETTI, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 4.687.282 , falleció AB-INTESTATO, el día 17 de Marzo de 2.010 , en la Urbanización Los Mangos , manzana 8 casa nro. 06 , Puerto Ordaz, Estado Bolívar a consecuencia de METASTASIS CEREBRALES 1 AÑO, ADENOCARCINOMA DE PAROTIDA 18 MESES a los ciudadanos CARLOS ANTONIO PERETTI ACUÑA (conyuge) y de los ciudadanos : CARLA MARIA PERETTI BALBAS y LAURA CAROLINA PERETTI BALBAS, venezolanos, mayores de edad, titular de la cedula de identidad nro. V-5.081.209, V- 15.002.593, V-15.002.590 respectivamente hijos del de cujus. Y ASI SE DECIDE .-
Se ordena expedir Copia Certificada de la presente decisión, y la devolución de los documentos originales cursantes en ella, de conformidad con el artículo 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil.-
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión.
Dada, Sellada y firmada en la Sala del Despacho del Juzgado Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Caroní del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, doce de Mayo de dos mil quince . Años: 204º de la Independencia y 156º de la Federación.

LA JUEZA,

DRA. ANA MERCEDES VALLEE.,
EL SECRETARIO TEMPORAL ,

ABG. WILLIAMS CARABALLO .

En la misma fecha de hoy, siendo las 09:05 de la mañana, se deja constancia de haberse publicado y registrado la presente decisión.

EL SECRETARIO TEMPORAL ,

ABG. WILLIAMS CARABALLO .