REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA CIVIL, MERCANTIL SEDE EN PUERTO ORDAZ
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y AGRARIO DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLÍVAR.
PUERTO ORDAZ, CUATRO (04) DE NOVIEMBRE DEL 2015.
AÑOS: 205° Y 156°
COMPETENCIA MERCANTIL.
Por cuanto de la revisión de las presentes actuaciones del presente juicio de: COBRO DE BOLIVARES POR EL PROCEDIMIENTO POR INTIMACIÓN, interpuesta por la Sociedad Mercantil GERENPRO, C.A.., domiciliada en Ciudad Guayana, Municipio Caroni del Estado Bolívar, en fecha 02 de abril del 2003, bajo el Nº 66, Tomo 8-A-Pro, con posteriores modificaciones a sus Estatutos Sociales, la cual fue inscrita en el Registro Mercantil en fecha 08 de julio del 2004, bajo el Nº 12, Tomo 29-A-Pro, en contra de la Sociedad Mercantil FELGUERA PARQUES Y MINAS S.A., de este domicilio, inscrita en el registro Mercantil Primero del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, en fecha 14 de marzo de 1.997, bajo el Nº 63, Tomo A Nº 8 con posteriores modificaciones, siendo la última en fecha 8 de julio del 2.009, inserto bajo el Nº 17, Tomo 1-C-Pro de los Libros de Comercio respectivos; y definitivamente firme como se encuentra dicha decisión, dictada en fecha 13 / 07 / 2012; es por lo que este Despacho Judicial declara por terminado la presente demanda de: COBRO DE BOLÍVARES POR EL PROCEDIMIENTO POR INTIMACIÓN. Ordenándose remitir el expediente al Archivo Judicial.-
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE Y DÉJESE COPIA CERTIFICADA DE LA PRESENTE DECISIÓN EN EL TRIBUNAL.
DADA FIRMADA Y SELLADA EN LA SALA DE DESPACHO DEL JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL MERCANTIL Y AGRARIO DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVAR, EN PUERTO ORDAZ, A LOS CUATRO (04) DIAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL DOS MIL QUINCE (2.015). AÑOS: 205º DE LA INDEPENDENCIA Y 156º DE LA FEDERACION.
EL JUEZ PROVISORIO,
ABG. JOSE SARACHE MARIN
EL SECRETARIO,
ABG. JHONNY CEDEÑO
Publicada en el mismo día de su fecha, previo anuncio de ley, siendo las diez horas de la mañana (10:00 a.m.). EL SECRETARIO,
ABG. JHONNY CEDEÑO
JSM/jc/*astrid
Exp. Nº 42.678