REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA Y COCOROTE..

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA





DIRECCION EJECUTIVA DE LA MAGISTRATURA
TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA Y COCOROTE DE LA
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY
San Felipe, 04 de noviembre de 2015
Años: 205º y 156º


Vista la solicitud que encabeza estas actuaciones, así como las declaraciones de los testigos presentados por la parte interesada, ciudadanos YUSMANIA PATRICIA CORONA ZAMBRANO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-18.546.780, domiciliada en San Gerónimo, casa Nº 12-24, municipio Cocorote del estado Yaracuy; y JUAN MIGUEL LOZADA ZAPATA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-13.734.892, domiciliado en la Urbanización San Antonio, transversal 10, casa Nº 85, municipio San Felipe del estado Yaracuy; es por lo que este Tribunal, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme lo previsto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO de propiedad a favor de la ciudadana MARIA DE LA PAZ RAMIREZ BLANCO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-4.324.487, asistida por la abogada Betiana del Valle Giménez Belizario, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 132.696; sobre unas mejoras a unas bienhechurías, construidas en un área de terreno propio; que mide en su totalidad, SETENTA Y DOS METROS CUADRADOS CON SETENTA Y SIETE (72,77 Mts2), con un valor aproximado de CIENTO CINCUENTA MIL BOLIVARES (Bs. 150.000,00), con un área de construcción de SETENTA Y DOS METROS CUADRADOS CON SETENTA Y SIETE (72,77 Mts2), ubicado en la Calle 2 con Carretera Panamericana, Sector Banco Obrero, Cocorote, municipio San Cocorote del estado Yaracuy, el cual consiste en unas bienhechurías y mejoras de un local comercial, con las siguientes características: Dos (02) puertas Santa María, piso de cerámica, paredes de bloque de concreto frisadas, techo de platabanda, un (01) baño con poceta y lavamanos con puerta de hierro, una (01) puerta trasera de metal con cabilla redonda lisa de ½, cableado eléctrico empotrado y servicio de luz, tuberías de aguas blancas y aguas servidas. Encontrándose alinderada de la siguiente manera: NORTE: (11,10 ML) Con casa y solar que es, o fue de la familia Blanco; SUR: (11,10 ML) Con Carretera Panamericana; ESTE: (7,30 ML) Con la calle 2 del Sector Banco Obrero; y OESTE: (7,30 ML) Con casa y solar que es, o fue de la familia Blanco. Sin perjuicio de terceros de iguales o mejores derechos, conforme a lo establecido en el artículo 555 del Código Civil.
El Juez Provisorio,


Abg. TRINO LA ROSA VAN DER DYS
El Secretario,

Abg. Eduardo Ibarra

En esta misma fecha se devuelve original con sus resultas, constante de diecisiete (17) folios útiles, a la parte interesada.
El Secretario,
TLRV/ei/Alexzandra
Titulo Supletorio Nº 956-15