REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO BRUZUAL.

TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO BRUZUAL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.

Chivacoa, 20 de Noviembre de 2.015
Años: 205° y 156°

Vista la solicitud que encabeza las presentes actuaciones, así como las declaraciones de los testigos presentados por la parte interesada, ciudadanos NELCY CAROLINA SUAREZ LOPEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V- 14.710.697 y domiciliada en La Comunidad de Los Colorados, sector El Milagro, Parroquia Campo Elías, Municipio Bruzual del Estado Yaracuy y ANA MARISELA SANCHEZ RAMOS, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V- 17.157.778 y domiciliada En la Comunidad de Los Colorados, Parroquia Campo Elías, Municipio Bruzual del Estado Yaracuy; Actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme lo previsto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO DE PROPIEDAD a favor de la ciudadana: YERSICA NATALI ORTIZ PALACIOS, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V- 17.813.255 de este domicilio, sin perjuicios de terceros de iguales o mejores derechos sobre una bienhechuría que la solicitante dice poseer sobre un lote de terreno del Inti que mide una superficie de TRESCIENTOS METROS CUADRADOS (300,00 MTS 2), en un área de construcción de R4: SESENTA Y SEIS METROS CUADRADOS (66,00 MTS 2), ubicado en la 1era Calle entre Calle Principal y Quebrada Los Colorados, Comunidad Los Colorados, Municipio Bruzual del Estado Yaracuy; Con las siguientes características: Una (1) casa, construida con paredes de Bloque, techo de zinc, piso de cemento pulido, distribuidas de la siguiente manera: Una (1) sala – cocina – comedor, con una (1) puerta de hierro y una (1) ventana de hierro, una (1) habitación con una (1) ventana tipo protector y un (1) baño, con su servicio de aguas blancas y electricidad, cercada perimetralmente con estantillos de madera viva y muerta y con cinco (5) cintas de alambre de púas. Cuyos linderos son los siguientes: NORTE: 1era Calle su frente, en 15,00 ml SUR: Casa que es o fue de Carolina Martinez, en 15,00 ml; ESTE: Casa que es o fue de Yamel Daza, en 20,00 ml; OESTE: Casa que es o fue de Leris Perez, en 20,00 ml; según se evidencia en el CERTIFICADO DE EMPADRONAMIENTO, Código Catastral Nº 22 – 03 – 02 – AR – 107 – 11 – 22, emitido por la Dirección de Catastro del Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, en fecha 16 de Diciembre del año 2014. Devuélvase original con sus resultas a la parte interesada. Se le asignó el Nº 3935/2015.-
El Juez
Abg. EFRAÍN BALLESTER ACOSTA

La Secretaria,
Abg. ERLEN MARTÍNEZ.-