REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO BRUZUAL.
TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO BRUZUAL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.
Chivacoa, 09 de Noviembre de 2.015
Años: 205° y 156°
Vista la solicitud que encabeza las presentes actuaciones, así como las declaraciones de los testigos presentados por la parte interesada, ciudadanos: MAGUILET YAZMIN VIZCAYA GIL, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V- 14.336.223 y domiciliada en La Comunidad El copey, Municipio Bruzual del Estado Yaracuy. y EVELIS ENEIDYS TORREALBA ALCON, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V- 15.964.948 y domiciliada en la Comunidad del Copey, Municipio Bruzual del Estado Yaracuy; Actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme lo previsto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO DE PROPIEDAD a favor de la ciudadana: NAILETH DEL CARMEN YUSTY TORREALBA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V- 14.998.746 de este domicilio, sin perjuicios de terceros de iguales o mejores derechos sobre una bienhechuría que la solicitante dice poseer sobre un lote de terreno propiedad del Inti que mide una superficie de SEISCIENTOS METROS CUADRADOS (600,00 MTS 2), en un área de construcción de TREINTA METROS (30,00 MTS 2), ubicado en la Calle Principal entre Terrenos Agrícola y Terrenos Agrícola Sector: La Cañada, Comunidad El copey, Municipio Bruzual del Estado Yaracuy; Con las siguientes características: Una (1) Casa de una (1) sola pieza construida con paredes de bloque, techo de zinc, piso de cemento rustico, con una puerta delantera de entrada y salida, con su servicio de aguas blancas y electricidad, cercada perimetralmente con estantillos de madera viva y muerta y con cuatro (4) cintas de alambre de púas. Cuyos linderos son los siguientes: NORTE: Casa y solar que es o fue de Valmori Vizcaya, en 30,00 ml SUR: Casa y solar que es o fue de Valmori Vizcaya, en 30,00 ml; ESTE: Calle principal su frente, en 30,00 ml; OESTE: Casa y solar que es o fue de Valmori Vizcaya en 30.00 ml; según se evidencia en el CERTIFICADO DE EMPADRONAMIENTO, Código Catastral Nº 22 – 03 – 02 – R01 – 113 – 03 – 12, emitido por la Dirección de Catastro del Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, en fecha 01 de Septiembre del año 2015. Devuélvase original con sus resultas a la parte interesada. Se le asignó el Nº 3934/2015.-
El Juez
Abg. EFRAÍN BALLESTER ACOSTA
La Secretaria,
Abg. ERLEN MARTÍNEZ.-