REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL
Juzgado Cuarto (4º) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Régimen Procesal del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar.
Sede Puerto Ordaz.
Puerto Ordaz, Veinte (20) de Octubre de 2013.

ASUNTO: FP11-L-2013-000525.

PARTE ACTORA: Ciudadana NEISMAR NEREIDA AULAR HOEPP venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 16.615.129.

APODERADO DE LA PARTE ACTORA: Abogada ROSELIN PEREZ GUILLEN debidamente inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogados bajo el Nº 93.429.

PARTE DEMANDADA: Sociedad Mercantil “FOTO ESTUDIO ROMA DISEÑO E IMPRESIONES, COMPAÑÍA ANÓNIMA”

APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: Abogada LICET MARTINEZ debidamente inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los N° 43.910.

MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES.


Revisadas como han sido las actuaciones que conforman el presente asunto, se puede evidenciar que la presente causa se encuentra “TERMINADA”, en virtud en fecha 29 de Enero de 2014, en la cual se declaró: DESISTIDO el presente el procedimiento, en tal sentido, este Tribunal por cuanto no tiene más nada que proveer se ordena el archivo definitivo del expediente y sea remitido a la sede del archivo judicial de la Dirección Ejecutiva de la Magistratura, para su seguridad y resguardo en la sede del Archivo Judicial de causa inactivas de la Circunscripción del Segundo Circuito judicial del Estado Bolívar con Sede en Puerto Ordaz, dejándose constancia que la causa queda concluida conformado por (1) pieza, constante de (89) folios útiles. Remítase.-

LA JUEZ CUARTO (4º) DE S.M.E


ABG. EVELY FARIAS PAZ.

EL SECRETARIO DE SALA,


ABG. RONALD GUERRA.