REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA CIVIL, MERCANTIL SEDE EN PUERTO ORDAZ

AUDIENCIA PRELIMINAR DESALOJO EXP.43.738.-
En el día de hoy, trece de Octubre de dos mil quince, siendo las diez de la mañana, oportunidad prefijada por este Tribunal conforme al articulo este Tribunal deja constancia que conforme al articulo 868 del Código de Procedimiento Civil, se llevara a cabo la AUDIENCIA PRELIMINAR en el presente juicio de CUMPLIMIENTO DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO LOCAL COMERCIAL., seguido por la Sociedad Mercantil HILL’S RESTAURANT & SPORT BAR, C.A., CONTRA CORNELIO TOMAS SAAVEDRA DUGARTE.- Se procede a anunciarse con la forma de ley, y abierto el acto se deja constancia que no compareció al acto ni por si ni por medio de apoderado alguno la parte Actora la Sociedad Mercantil HILL’S RESTAURANT & SPORT BAR, C.A.- Así mismo se deja constancia de la presencia de la parte demandada ciudadano CORNELIO TOMAS SAAVEDRA DUGARTE, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cedula de identidad nro. 8.041.509, debidamente asistido por el Dr. Omar Domingo Morales M., abogado en ejercicio, de este domicilio, inscrito en el IPSA bajo el nro.36.495.- Seguidamente el Tribunal le impone a los comparecientes del contenido del artículo in comento. En este estado el Tribunal da la palabra al representante de la parte Demandada, quien expone: Ratifico el escrito en todas y cada una de sus partes el escrito de contestación de demanda, especialmente la solicitud de defensa perentoria de fondo como es la Prescripción de la acción, según los parámetros señalados en dicho escrito, Así mismo señalo al Tribunal que la parte Actora no promovió prueba alguna de sus dichos, ni ha desvirtuado en forma alguna lo alegado por la parte Demandada, por lo que la acción intentada además de prescrita, no se trajeron pruebas al proceso por parte del accionante que desvirtuaran los alegatos del demandado por lo que solicito sea declara procedente la prescripción solicitada en la oportunidad legal correspondiente, y o en el supuesto negado sea declarada SIN LUGAR la demanda presentada.- Es Todo.- El Tribunal vista las exposiciones presentadas, da por terminada la presente audiencia preliminar, y emitira dentro de los tres días de despacho siguientes a este acto pronunciamiento sobre los limites de la controversia..- siendo las 10:26 am., Termino, se leyó y conformes firman.-
El Juez Prov.,

ABG. JOSE SARACHE MARIN.
La parte Demandada y su abogado asistente,

El Secretario

Abg. Jhonny Cedeño.-
Exp.43.738