REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo de 1ra. Instancia Civil, Mercantil, Agrario y Transito - Ciudad Bolívar
Ciudad Bolívar, dos de octubre de dos mil quince
205º y 156º
Vista la demanda de liquidación y partición de una extinta comunidad de gananciales presentada por la ciudadana Rosa Carolina Flores Brito, abogada en ejercicio, inscrita en el I.P.S.A. bajo el Nº 164879, de este domicilio, y en su carácter de apoderada judicial de la ciudadana Maria Esther Rojas Cruz, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 15215987 y de este domiciliado, contra el ciudadano Edgar Antonio Mata García, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 12599588 y también de este domicilio, se observa en la copia certificada de la sentencia dictada por el Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, anexada en la presente demanda que (se omite el nombre de la menor) es menor de edad. Désele entrada en los libros de registros de causas respectivos. Este Tribunal, en virtud de los señalamientos indicados en la copia certificada de la sentencia en referencia, de conformidad con la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, declina la competencia para conocer la presente causa en el Juzgado de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar en atención al criterio sostenido por la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia expuesto en la sentencia Nº 34 del 07/03/2012. Se ordena la remisión de este expediente al Tribunal antes mencionado. Líbrese Oficio. Procédase como se ha decidido.
El Juez,
Abg. Manuel Alfredo Cortés.
La Secretaria,
Abg. Soraya Charboné.
MAC/SCh/aji
Resolución Nº PJ0192015000212
ASUNTO: FP02-V-2015-000908
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