REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA Y COCOROTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY

San Felipe, 1 de octubre de 2015
Años: 205º y 156º

Vista la solicitud que encabeza estas actuaciones, así como las declaraciones de las testigos presentados por la parte interesada, los ciudadanos LUÍS RAFAEL CASTRO GARCÍA, venezolano, mayor de edad, soltero, domiciliada en la calle 2, entre avenida 2 y 3, municipio San Felipe, estado Yaracuy; y titular de la cédula de identidad Nº 13.095.885; y : FREDVEN ALEISKER RODRÍGUEZ MÁRQUEZ, venezolano, mayor de edad, soltero, domiciliada en el sector de Santa Cruz de las Mercedes, calle principal, municipio San Felipe, estado Yaracuy; y titular de la cédula de identidad Nº 23.574.641; este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Felipe, Independencia y Cocorote de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo previsto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el artículo 555 del Código Civil; DECRETA las presentes actuaciones TÍTULO SUPLETORIO suficientes, para asegurar el derecho de propiedad, a favor del ciudadano JOSÉ LEONARDO DONOFRIO VIÑALES, venezolano, mayor de edad, soltero, domiciliado en el sector de Santa Cruz de las Mercedes, calle principal, parte baja, municipio San Felipe, estado Yaracuy, y titular de la cédula de identidad Nº 18.054.195; abogados, actuando en nombre propio, inscrito en el Inpreabogado según matricula Nº 133.086; sobre las bienhechurías descritas en la solicitud, construidas en un área de terreno propiedad municipal, que mide en su totalidad mil trece metros cuadrados con dos centímetros (1013,02 mts2); la cual consiste en una (1) cerca perimetral del terreno con paredes de bloques, columnas de cabilla y cemento, puerta y portón con tubo y laminas de hierro, tomas de agua potable, electricidad (220v); y se encuentra alinderada de la siguiente manera: Norte: Calle principal Santa Cruz de las mercedes partes baja que es su frente 25,05 metros lineales; Sur: Casa y solar de Eugenia Cedeño, con 24,85 metros lineales; Este: Casa y solar de Cesar Cedeño, con 40,20 metros lineales; y Oeste: Callejón 03, con 41,00 metros lineales.- Se dejan a salvo los derechos de terceros.- Entréguense al solicitante estas actuaciones en forma original, con sus resultas.
El Juez,


Abg. Raimond M. Gutiérrez M.
La …
… Secretaria,


Abg. Andreina J. Rodríguez R.
En esta misma fecha se devuelve original con sus resultas, constante de ocho (8) folios útiles, a la parte interesada.
La Secretaria,


Abg. Andreina J. Rodríguez R.

















Exp. N° 2.803-15/RMGM/AJRR/jasc.
SENTENCIA NUMERO: 1.786-15