REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA Y COCOROTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.
San Felipe, 5 de octubre de 2015
Años: 205º y 156º
Vista la solicitud que dio comienzo a este procedimiento, sus anexos y las declaraciones de los testigos hábiles presentados por la parte interesada, las ciudadanas KEMBERLY ZORAYA RODRÍGUEZ HERNÁNDEZ, venezolana, mayor de edad, soltera, domiciliada en la calle 19 con avenidas 1 y 2, OCV “La Victoria II”, Peguaima, Chivacoa, municipio Bruzual, estado Yaracuy; y titular de la cédula de identidad Nº 19.551.899, y FANNY ELENNY VASQUEZ COLINA, venezolana, mayor de edad, soltera, domiciliada en Cocorotico, Simón Bolívar, municipio San Felipe, estado Yaracuy; y titular de la cédula de identidad Nº 22.319.323, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Felipe, Independencia y Cocorote de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme lo previsto en los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil; DECRETA las presentes actuaciones TÍTULO DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, del ciudadano HERIBERTO LÓPEZ PINTO, quién era venezolano, mayor de edad, soltero, domiciliado en La Arenosa I, calle Principal, casa sin número, municipio Veroes, estado Yaracuy; y titular de la cédula de identidad Nº 7.507.300; suficientes para asegurarle el derecho, que le corresponde a la ciudadana MARBELIS EVELIN LÓPEZ DURANT, venezolana, mayor de edad, hábil en derecho; y titular de la cédula de identidad N° 15.483.650, asistida por el abogado WOLFGAN RICARDO CASTILLLO NUÑEZ, inscrito en el Inpreabogado según matrícula número 32.755 y los ciudadano GILFREDO DANIEL LÓPEZ DURANT, JOSÉ HERIBERTO LÓPEZ DURANT y JESÚS GILBERTO LÓPEZ DURANT, venezolanos, mayores de edad, hábiles en derecho; y titulares de la cédula de identidad N° 14.607.837, 15.483.649 y 19.712.468 respectivamente. Quedan a salvo los derechos de terceros. Devuélvase las presentes actuaciones que forman el expediente Nº 2.793-15, a la solicitante y déjese copia certificada en el archivo del Tribunal.
El Juez,
Abg. Raimond M. Gutiérrez M.
La…
… Secretaria,
Abg. Andreina J. Rodríguez R.-
En esta misma fecha, se devuelve original con sus resultas, constante de dieciséis (16) folios útiles, a la parte interesada.
La Secretaria,
Abg. Andreina J. Rodríguez R.-
Exp. N° 2.793-15/RMGM/AJRR/myro.
SENTENCIA NUMERO: 1.896-15
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