REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA Y COCOROTE..

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA





DIRECCION EJECUTIVA DE LA MAGISTRATURA
TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA Y COCOROTE DE LA
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY
San Felipe, 28 de octubre de 2015
Años: 205º y 156º

Vista la solicitud que encabeza estas actuaciones, así como las declaraciones de los testigos presentados por la parte interesada ciudadanos, WISTON BUSTILLO PACHECO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 7.559.064, domiciliado en la Avenida Cedeño, entre callejón La Mosca y el Casabe, Casa N° 13-19, Municipio San Felipe del estado Yaracuy; y ALI ERNESTO RABAN RODRIGUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 8.518.381, domiciliado en la calle 16, casa N° 16, Sector Las Acequias – Casas de Madera, Municipio Cocorote del estado Yaracuy; es por lo que este Tribunal, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme lo previsto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO de propiedad a favor de la ciudadana HAYDEE JOSEFINA SEVILLA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-13.795.304, asistida por la Abogada Mary Roxana Hernández, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 180.753; sobre unas bienhechurías, construidas en un área de terreno propiedad del Instituto Nacional de Tierras (INTI); que mide en su totalidad, MIL CIENTO CUARENTA METROS CUADRADOS (1.140,00 Mts2), con un valor aproximado de DOSCIENTOS MIL BOLIVARES (Bs. 200.000,00), con un área de construcción de CINCUENTA Y DOS CINCO METROS CUADRADOS CON DIECISIETE CENTIMETROS CUADRADOS (52,17 Mts2), ubicado en el Sector Guarataro, calle principal vía Guarataro, Parroquia San Javier, Jurisdicción del Municipio San Felipe del estado Yaracuy, el cual consiste en unas bienhechurías de una de habitación, con las siguientes características: paredes de bloques, piso de cemento, techo de acerolit, con puerta de madera y dos ventanas de hierro. Encontrándose alinderada de la siguiente manera: NORTE: (38,00 ML) Fundación DANAC; SUR: (38,00 ML) Calle Principal, vía Guarataro, su frente; ESTE: (30,00 ML) Terreno ocupado por Primitivo Sequera, su lateral; y OESTE: (30,00 ML) Terreno ocupado por Orlaidi Sequera. Sin perjuicio de terceros de iguales o mejores derechos, conforme a lo establecido en el artículo 555 del Código Civil.
El Juez Provisorio,


Abg. TRINO LA ROSA VAN DER DYS

El Secretario,

Abg. EDUARDO IBARRA

En esta misma fecha se devuelve original con sus resultas, constante de ocho (08) folios útiles, a la parte interesada.
El Secretario,

Abg. EDUARDO IBARRA


TLRV/ei/Alexzandra
Titulo Supletorio Nº 980-15