REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA



TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS URACHICHE Y JOSE ANTONIO PAEZ DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY
Urachiche, 1° de Octubre de 2015
Años: 205° y 156°
Exp. Nº 2158-2015.-
(Titulo Supletorio)

Vista la solicitud formulada por la ciudadana BERTHA VIRGINIA RAMIREZ CUEVAS, al final del escrito que encabeza estas actuaciones y las declaraciones de los testigos jurados, ciudadanos MARIA RUPERTA SANDOVAL y YOHANA COROMOTO RAMIREZ PINEDA, titulares de las cedulas de identidad Nros V-8.516.176 y V-21.047.521 respectivamente, este Tribunal actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en los Artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil y conforme a la Resolución Nº 2.009-0006 de fecha 18 de Marzo del 2.009 de la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO de propiedad a favor de la ciudadana BERTHA VIRGINIA RAMIREZ CUEVAS, titular de la cédula de identidad N° V-16.111.331, sobre unas bienhechurías en un lote de terreno propiedad del Instituto Nacional de Tierras signado con el Código Catastral Nro. 22-06-00, con un área de terreno de CIENTO CUARENTA METROS CUADRADOS CON VEINTIDOS CENTÍMETROS CUADRADOS (140,22 MTS2), ubicado en la Calle 06 entre Carrera 01 y 02, Barrio Los Sin Techos, Sabana de Parra, Municipio José Antonio Páez, Estado Yaracuy; cuyos linderos y medidas son los siguientes: NORTE: En una línea de Trece Metros con Veintisiete Centímetros (13,27 Mts) con parcela y casa propiedad del Sr. Felipe Ochoa; SUR: En línea de Trece Metros con Veinte Centímetros (13,20 Mts) con parcela y rancho propiedad de la Sra. Paula Rodríguez; ESTE: En una línea de Diez Metros con Cincuenta y Nueve Centímetros (10,59 Mts) con parcela y vivienda propiedad de la Sra. Vanesa Jiménez; y OESTE: En una línea de Diez Metros con Sesenta y Dos Centímetros (10,62 Mts) con la calle 06. Las referidas bienhechurías consisten en una casa con las siguientes características: Una sala, comedor, cocina, dos habitaciones, un baño, área de lavandero y un porche construida en bloque de cemento, techo de acerolit, piso de cemento, puertas y ventanas de hierro, con todos los servicios de aguas negras, blancas y electricidad, con un área de construcción global de: CINCUENTA Y DOS METROS CUADRADOS CON OCHENTA Y OCHO CENTIMETROS CUADRADOS (52,88 MTS2). Devuélvase original a la interesada a los fines solicitados, sin perjuicio de terceros de iguales o mejores derechos, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 555 del Código Civil. Déjese copia de esta providencia.
La Juez Temporal;


Abg. MARIA TERESA SCALA LODATO;
La Secretaria,



Abg. Yuly R. Suarez V.

En la misma fecha se devuelve constante de DIEZ (10) folios útiles.

La Secretaria,



Abg. Yuly R. Suarez V.


La Suscrita Secretaria del Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Urachiche y José Antonio Páez de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, CERTIFICA: que la copia que antecede es traslado fiel y exacto del original que la contiene, la cual corre inserta al folio 10 del expediente distinguido con el Nº 2158-2015. Urachiche, al PRIMER (1er) día del mes de OCTUBRE de 2015.-
La Secretaria,


Abg. Yuly R. Suarez V