REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA



TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS URACHICHE Y JOSE ANTONIO PAEZ DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY
Urachiche, 28 de Octubre de 2015
Años: 205° y 156°
Exp. Nº 2185-2015.-
(Titulo Supletorio)

Vista la solicitud formulada por la ciudadana ANDRIANGELA ESMERALDA TORRES AGUILAR, al final del escrito que encabeza estas actuaciones y las declaraciones de las testigos juradas, ciudadanas CANDIDA ROSA CARDENAS DE VASQUEZ y ANA JUSTINA LOBO, titulares de las cedulas de identidad Nros V-3.455.958 y V-2.571.868 respectivamente, este Tribunal actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en los Artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil y conforme a la Resolución Nº 2.009-0006 de fecha 18 de Marzo del 2.009 de la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO de propiedad a favor de la ciudadana ANDRIANGELA ESMERALDA TORRES AGUILAR, titular de la cédula de identidad N° V-8.510.488, sobre unas bienhechurías en un lote de terreno Municipal, con un área total de terreno de: DOSCIENTOS UN METROS CUADRADOS (201,00 MTS2), ubicado en la Carrera 03 esquina Calle 11, Barrio Tanque, Sabana de Parra, Municipio José Antonio Páez, Estado Yaracuy; comprendido dentro de los siguientes linderos: NORTE: En una línea de Ocho Metros con Cincuenta y Cinco Centímetros (8,55 Mts), con la Carrera 03, que es su frente; SUR: En una línea de Ocho Metros con Veinte Centímetros (8,20 Mts) con parcela y casa Sr. Alfredo Valderrama; ESTE: En una línea de Veinticuatro Metros (24,00 Mts) con la parcela y casa Sra. Nancy Gutiérrez; y OESTE: En una línea de Veinticuatro Metros (24,00 Mts) con la Calle 11. Las referidas bienhechurías consisten en una casa cuyas características son las siguientes: Una (1) sala, tres (3) habitaciones, una (1) cocina, un (1) comedor, dos (2) baños, un (1) porche, paredes de bloques frisadas, vigas y columnas de concreto armado, techo de placa y acerolit, pisos de cemento pulido, puertas y ventanas de hierro y dotada de todos los servicios; con un área de construcción de: CIENTO TREINTA METROS CON SETENTA Y SIETE CENTIMETROS CUADRADOS (130,77 MTS2). Devuélvase original a la interesada a los fines solicitados, sin perjuicio de terceros de iguales o mejores derechos, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 555 del Código Civil. Déjese copia de esta providencia.
La Juez Temporal;


Abg. MARIA TERESA SCALA LODATO;
La Secretaria,



Abg. Yuly R. Suarez V.

En la misma fecha se devuelve constante de NUEVE (09) folios útiles.

La Secretaria,



Abg. Yuly R. Suarez V.
La Suscrita Secretaria del Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Urachiche y José Antonio Páez de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, CERTIFICA: que la copia que antecede es traslado fiel y exacto del original que la contiene, la cual corre inserta al folio 09 del expediente distinguido con el Nº 2185-2015. Urachiche, a los VEINTIOCHO (28) días del mes de OCTUBRE de 2015.-
La Secretaria,


Abg. Yuly R. Suarez V