REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA




TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS URACHICHE Y JOSE ANTONIO PAEZ DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY
Urachiche, 09 de Octubre de 2015
Años: 205° y 156°
Exp. Nº 2171-2015.-
(Titulo Supletorio)

Vista la solicitud formulada por el ciudadano: JUAN BAUTISTA ARENAS, al final del escrito que encabeza estas actuaciones y las declaraciones de los testigos jurados, ciudadanos EDEN ANTONIO MENDEZ PEROZO y ANGEL GABRIEL ALVARADO MARTINEZ, titulares de las cedulas de identidad Nros V-17.813.741 y V-24.558.547 respectivamente, este Tribunal actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en los Artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil y conforme a la Resolución Nº 2.009-0006 de fecha 18 de Marzo del 2.009 de la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO de propiedad a favor del ciudadano: JUAN BAUTISTA ARENAS, titular de la cédula de identidad N° V-3.259.088, sobre unas bienhechurías en un área de terreno del INTI, ubicado en la Carretera Intercomunal Urachiche–Aguaruca, Sector Beliza (Asentamiento Campesino) Jurisdicción del Municipio Urachiche del Estado Yaracuy, siendo el área de terreno de TRES HECTAREAS CON CUENTA Y UN ÁREAS (3,51 HA) aproximadamente; cuyos linderos son los siguientes: NORTE: Terreno y bienhechurías que son o fueron del ciudadano Lucindo Mujica, parcela N° 28 ; SUR: Terreno y bienhechurías que son o fueron del ciudadano Alexander Galindez, parcela N° 26; ESTE: Terreno y bienhechurías que son o fueron del ciudadano Alexander Galindez N° 45; y OESTE: Carretera Intercomunal Urachiche-Aguaruca que es su frente. Las referidas bienhechurías consisten en una cerca perimetral de toda el área de terreno con estantillos y alambre púa, un galpón de sesenta metros cuadrados (60 M2), construido con paredes de bloques, columnas de concreto, frisado, piso de cemento pulido, techo de acerolit, instalaciones eléctricas embutidas, ventanas y puertas de metal, distribuido en un área de almacenamiento, un (1) baño y una (1) cocina. Devuélvase original al interesado a los fines solicitados, sin perjuicio de terceros de iguales o mejores derechos, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 555 del Código Civil. Déjese copia de esta providencia.
La Juez Temporal;


Abg. MARIA TERESA SCALA LODATO;
La Secretaria,



Abg. Yuly R. Suarez V.
En la misma fecha se devuelve constante de CATORCE (14) folios útiles.

La Secretaria,



Abg. Yuly R. Suarez V.
La Suscrita Secretaria del Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Urachiche y José Antonio Páez de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, CERTIFICA: que la copia que antecede es traslado fiel y exacto del original que la contiene, la cual corre inserta al folio 14 del expediente distinguido con el Nº 2171-2015. Urachiche, a los NUEVE (09) día del mes de OCTUBRE de 2015.-
La Secretaria,



Abg. Yuly R. Suarez V