REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Primero De Primera Instancia En Funciones De Ejecución Del Circuito Judicial Con Competencia En Delitos De Violencia Contra la Mujer del Estado Bolívar Extensión Territorial Tumeremo.
Tumeremo, 23 de Octubre de 2015
205º y 156 º

ASUNTO PRINCIPAL : FP21-S-2015-000215
ASUNTO : FP21-S-2015-000215
RESOLUCION NRO: PJ0032015000252
ASUNTO: EJECUCIÓN DE SOBRESEIMIENTO.

IMPUTADO: LUIS EDUARDO OLEAGA BAENA, venezolano, titular de la Cedula de Identidad Nº V- 18.159.294, de 32 años de edad, nacido en fecha 22-01-1983, En Caicara del Orinoco - Estado Bolívar, de ocupación Buhonero (VENTA DE ROPA EN LA CALLE) Residenciado en, GUASIPATI, VIA EL ROSARIO, DETRÁS DEL COMANDO DE LA IGLESIA LUZ DEL MUNDO, casa sin Numero de color Blanco con Rejas Negras Situada Frente al Parque el Mereicito, GUASIPATI – ESTADO BOLIVAR.
DELITO: VIOLENCIA FÍSICA, previsto y sancionado en el artículo 42 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.

UNICO:
Este Juzgado Primero Primera Instancia en Función de Ejecución del Circuito Judicial Penal Con Competencia en Materia de Delitos de Violencia Contra la Mujer del Estado Bolívar, Extensión Territorial Tumeremo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, conforme a lo dispuesto en el artículo 471 del Código Orgánico Procesal Penal, mediante el presente auto interlocutorio con fuerza de definitiva DECLARA LA EJECUCION DEL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, por prescripción de la acción penal, dictado el 30/06/2015, por el Tribunal Primero de primera Instancia en Funciones de Control, Audiencias y Medidas en Materia de Delitos de Violencia Contra la Mujer Del Estado Bolívar, Extensión Tumeremo, en la investigación penal llevada por la fiscalia quinta del Ministerio Publico, con relación al delito VIOLENCIA FÍSICA, previsto y sancionado en el artículo 42 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia al ciudadano: LUIS EDUARDO OLEAGA BAENA. Regístrese la presente decisión, Notifíquese al Fiscal del Ministerio Público, en Materia de Ejecución. Notifíquese a las partes.
LA JUEZA PRIMERA DE EJECUCION VCM TUMEREMO
ABG. YARLENY SALAZAR G.
LA SECRETARIA
ABG. BETZY MUÑOZ
2:42 PM