REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA CIVIL, MERCANTIL,
AGRARIO, BANCARIO Y TRANSITO DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVAR
Puerto Ordaz, 16 de Septiembre de 2.015
Años: 205º y 156º.-
EXPEDIENTE Nº: 18.455
DEMANDANTE: JUAMIR CARIDAD MATA ROJAS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 12.645.567 de este domicilio, asistida por el profesional del Derecho ARMANDO QUINTANA BISCOVHEA, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 59.521.
DEMANDADO: RUBEN ANTONIO PERDOMO OTERO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 11.096.805 y de este domicilio.
MOTIVO: DIVORCIO
En fecha 30/08/2009 fue intentado el Juicio de DIVORCIO por la ciudadana JUAMIR CARIDAD MATA ROJAS, asistida por el profesional del Derecho ARMANDO QUINTANA BISCOVHEA, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 59.521 en contra del ciudadano RUBEN ANTONIO PERDOMO OTERO.
Mediante sorteo de fecha 31/07/2009 quedo asignado la presente causa a este Tribunal.
En fecha 07/08/2009, se admitió la presente demanda ordenando el emplazamiento del demandado para que comparezca al acto conciliatorio. Se ordenó la notificación del Fiscal del Ministerio Público.
En fecha 17/09/2009 el alguacil consignó boleta de notificación dirigida a la Fiscal Octava del Ministerio Público debidamente firmada
En fecha 13/11/2009, el Alguacil consigno boleta citación dirigida al ciudadano RUBEN ANTONIO PERDOMO OTERO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 11.096.805 y de este domicilio (parte demandada) sin firmar.
En fecha 14/12/2009, la ciudadana JUAMIR CARIDAD MATA ROJAS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 12.645.567 de este domicilio, confirió Poder Apud-Acta al profesional del Derecho ARMANDO QUINTANA BISCOVHEA, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 59.521.
En fecha 27/01/2010 el profesional del Derecho profesional del Derecho ARMANDO QUINTANA BISCOVHEA, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 59.521 presento diligencia mediante la cual solicito la citación por cartel de la parte demandada.
En fecha 03/02/2010, mediante auto se acordó la citación por cartel de la parte demandada ciudadano RUBEN ANTONIO PERDOMO OTERO.
En fecha 29/04/2010, el profesional del Derecho profesional del Derecho ARMANDO QUINTANA BISCOVHEA, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 59.521 presento diligencia mediante la cual dejó constancia de recibir cartel de citación a los fines de su publicación.
En fecha 16/09/2015, la Juez Provisoria de este Tribunal Abg. Marina Ortiz Malavé se aboco al conocimiento de la presente causa.
I
Establece el Artículo 267 del Código de Procedimiento Civil que: “Toda instancia se extingue por el transcurso de un año sin haberse ejecutado ningún acto de procedimiento por las partes”.-
II
Que desde el 29/04/2010 fecha en la cual el apoderado judicial de la parte actora mediante diligencia dejó constancia de recibir cartel de citación a los fines de su publicación, a los fines de practicar la citación de la misma hasta la presente fecha 16/09/2015 transcurrió más de Un (01) año en el cual no ejecutó ningún acto de procedimiento y en consecuencia, no interrumpió el decurso del lapso de perención de la instancia, la cual se ha producido por el transcurso del tiempo señalado por la disposición legal que se ha trascrito en el encabezamiento de esta decisión.
III
Por las razones expuestas este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Bancario y del Transito del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, declara la Perención De La Instancia en la presente Juicio por DIVORCIO por la ciudadana JUAMIR CARIDAD MATA ROJAS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 12.645.567 de este domicilio, asistida por el profesional del Derecho ARMANDO QUINTANA BISCOVHEA, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 59.521 en contra del ciudadano RUBEN ANTONIO PERDOMO OTERO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 11.096.805 y de este domicilio y en consecuencia se ordena el archivo del expediente.
Líbrese Boleta de Notificación a la parte actora.
Publíquese y Regístrese.
Dada, firmada y sellada en Puerto Ordaz, a los 16 días del mes de Septiembre de 2.015. Años: 205° de la Independencia y 156° de la Federación.-
LA JUEZA PROVISORIA,
Abg. Marina Ortiz Malavé
La Secretaria;
Abg. Giovanna Fernández.
NOTA: La Secretaria hace constar que en esta misma fecha se publicó y registró la anterior decisión, siendo las Diez y Treinta y siete minutos de la mañana (10:37 a.m.). Agregándose al expediente Nº 18.455.
La Secretaria;
Abg. Giovanna Fernández.