REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA Y COCOROTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY
San Felipe, 28 de septiembre de 2015
Años: 205º y 156º
Vista la solicitud que dió comienzo a este procedimiento, sus anexos y las declaraciones de las testigos hábiles presentados por la parte interesada, ciudadana NANCY COROMOTO APONTE QUIROGA, venezolana, mayor de edad, soltera, domiciliada en el sector Andrés Eloy Blanco, calle 4, entre avenidas 2 y 3, municipio San Felipe, estado Yaracuy; y titular de la cédula de identidad Nº 13.619.305 y ciudadano; este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Felipe, Independencia y Cocorote de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme a lo previsto en los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TÍTULO DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, del ciudadano PEDRO AQUILINO CASTRO, quien era venezolano, mayor de edad, hábil en derecho, soltero y titular de la cédula de identidad N° 3.391.459; suficientes para asegurarle el derecho que le corresponde al ciudadano JOSÉ GREGORIO CASTRO ARENAS, venezolano, mayor de edad, hábil en derecho, soltero, domiciliado en el sector la Aduana, calle 1, municipio San Felipe, estado Yaracuy y titular de la cédula de identidad N° 14.074.592. Quedan a salvo los derechos de terceros. Devuélvanse las presentes actuaciones que forman el expediente N° 2.760-15, a la solicitante y déjese copia en el archivo del tribunal.
El Juez,
Abg. Raimond M. Gutiérrez M.
La Secretaria,
Abg. Andreina J. Rodríguez R.
En esta misma fecha se devuelve original con sus resultas, constante de doce (12) folios útiles, a la parte interesada.
La Secretaria,
Abg. Andreina J. Rodríguez R.
Solic. N° 2.760/15/RMGM/AJRR/mcsm
SENTENCIA NUMERO: 1.782-15
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