REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO BRUZUAL.

BRUZUAL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.

Chivacoa, 28 de Septiembre del 2015
Años: 205° y 156°

Vista la solicitud que encabeza las presentes actuaciones, así como las declaraciones de los testigos presentados por las partes interesadas, ciudadana CRUZ MARIA APARICIO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad Nro. V-16.112.890, domiciliada en el Sector José Félix Ribas 1, final de la Calle 15de Chivacoa, Municipio Bruzual, Estado Yaracuy y ANDRES RAMON PEREZ TORO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad Nro. V-7.575.330, domiciliado en la Comunidad José Félix Ribas, final de la Calle 15 de Chivacoa, Municipio Bruzual, Estado Yaracuy. Este Juzgado del Municipio Bruzual de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme lo previsto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO de Propiedad a favor del ciudadano PABLO MARIO SUAREZ, Venezolano, mayor de edad, Titular de la cedula de identidad Nº. V- 7.590.237; sin perjuicios de terceros de iguales o mejores derechos sobre unas bienhechurías que el solicitante fomentó sobre Terreno del Inti, que mide SEISCIENTOS VEINTITRES METROS CUADRADOS CON SESENTA Y OCHO CENTIMETROS (623,68 Mts2) y un Área de Construcción de TREINTA Y TRES METROS CUADRADOS ( 33,00 Mts2) Ubicada en la Vereda 1 entre Quebrada y Terrenos Agrícolas, Comunidad José Félix Ribas 1 de la Ciudad de Chivacoa del Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, dichas bienhechurías poseen las siguientes características: una (1) casa construida con paredes de bloques, techo de zinc, piso de cemento rustico, distribuida de la siguiente manera: una (1) sala-cocina-comedor y una (1) habitación con una (1) puerta de entrada y salida y una (1) ventana ambas de madera, con servicios de aguas blancas y electricidad, cercada perimetralmente con estantillos de madera viva y muerta con seis (6) cintas de alambre de puas, y cuyos linderos son los siguientes:
NORTE: Quebrada en 30,00 ml; SUR: Casa que es o fue de Carlos Rodríguez 16,20 ml; ESTE: Vereda 1 ( su frente) en 25,90 ml; OESTE: Terreno Ocupado por Angi Pérez en 30,10 ml. Según se evidencia en el Certificado de Empadronamiento Nº 22 03 01 AR 143 11 08, emitida por la Dirección de Catastro Municipal, Bruzual Yaracuy, en fecha 28 de Julio del 2015. Devuélvase original Con sus resultas a la parte interesada. Se le Asignó el No. 3878/2015

El Juez,
Abg. EFRAÍN BALLESTER ACOSTA

La secretaria
Abg. Erlen Martínez