REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL CON COMPETENCIA EN DELITOS DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER DEL ESTADO BOLÍVAR EXTENSIÓN TERRITORIAL TUMEREMO.
Tumeremo, 15 de septiembre de 2015
205º y 156 º
ASUNTO PRINCIPAL: FP21-P-2015-000273
ASUNTO: FP21-P-2015-000273
RESOLUCION NRO. PJ00320150000169
EJECUCIÓN DE SOBRESEIMIENTO.
ASUNTO: SOBRESEIMIENTO.
IMPUTADO: JULIO CESAR SALCEDO, de nacionalidad Colombiana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad nro. E-83.230.722, de 39 años de edad, nacido en Corozal Colombia, de ocupación minero, domiciliado en el Barrio Obrero, a cinco casas de la cancha, casa color rosado, El Callao, Estado Bolívar.
DELITO: VIOLENCIA FISICA AGRAVADA, y ACOSO u HOSTIGAMIENTO, previsto y sancionado en los artículos 42 y 50 ambos de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de la Mujer a Una Vida Libre de Violencia.
UNICO:
Este Juzgado Primero de Primera Instancia en Función de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Bolívar con Competencia en Materia de Delitos de Violencia Contra la Mujer, Extensión Territorial Tumeremo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, conforme a lo dispuesto en el artículo 472 del Código Orgánico Procesal Penal en concordancia con el artículo 300 ordinal 3º del Ejusdem, mediante el presente auto interlocutorio con fuerza de definitiva DECLARA EJECUTADO EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA dictado el 11 de mayo 2015, por el Tribunal Segundo en Función de Control Audiencias y Medidas del Circuito Judicial Penal del Estado Bolívar con Competencia en Materia de Delitos de Violencia Contra la Mujer, Extensión Tumeremo, en la investigación penal Nº CGPEBCP8586-2011, seguida por la Fiscalía Quinta del Ministerio Público, al ciudadano JULIO CESAR SALCEDO, de nacionalidad Colombiana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad nro. E-83.230.722.
Regístrese la presente decisión, Notifíquese al Fiscal del Ministerio Público, en Materia de Ejecución. Ofíciese lo conducente al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, para la respectiva exclusión del ciudadano del Sistema SIPOL, Notifíquese a las demás partes. Líbrese Oficio.
JUEZA PRIMERA DE EJECUCIÒN, VCM TUMEREMO
ABGA. YARLENY SALAZAR G.
SECRETARIA DE SALA,
ABGA. SILVIA QUEZADA.
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