REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO BRUZUAL.

TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO BRUZUAL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.

Chivacoa, 10 de Agosto de 2016
Años: 206° y 157°

Vista la solicitud que encabeza las presentes actuaciones, así como las declaraciones de las testigos presentadas por la parte interesada, las ciudadanas: ELENA JOSEFINA ARENAS, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V- 7.502.792 y domiciliada en San Antonio Avenida 1 Casa Nº 5 de Chivacoa del estado Yaracuy y LINDO XIOMAR SUAREZ GONZALEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-10.854.403 y domiciliado en la Urbanización Daniel Carias Chivacoa; Actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme lo previsto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO DE PROPIEDAD a favor de la ciudadana BILDELIMAR COROMOTO QUIÑONEZ TIMAURE, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-20.540.767, de este domicilio, sin perjuicios de terceros de iguales o mejores derechos sobre una bienhechuría que el solicitante dice poseer sobre un Área de terreno Privado (Sucesión Hernández Rondón) ,que tiene una superficie de DOCIENTOS SESENTA METROS CUADRADOS (260,00 MTS2), en un área de construcción de VEINTIUN METROS CUADRADOS (21,00 MTS2), Avenida 11 entre calle 1 y Camino San Andrés, Sector los Próceres, Chivacoa, Municipio Bruzual estado Yaracuy; Con las siguientes características: Una (1) casa construida con paredes de bloques, techo de zinc, piso de cemento rustico; distribuida de la siguiente manera: Una (1) sala-cocina-comedor y Una (1) habitación, cercada perimetralmente con estantillos de madera y Seis (6) cintas de alambre de púas, servicios de agua blancas y electricidad. Cuyos linderos son los siguientes: NORTE: Avenida 11 su Frente, en 13,00 m. SUR: Rancho que es o Fue de Ligia Lozada, en 13,00 m; ESTE: Rancho que es o Fue de Eglin Pereira en 20,00 m; OESTE: Terreno comunal en 20,00 m; según se evidencia en el CEDULA CATASTRAL, Código Catastral Nº 22 – 03 – 01 – R01– 120 – 76 – 05, emitido por la Dirección de Catastro del Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, en fecha 19 de Junio del año 2016. Devuélvase original con sus resultas a la parte interesada, este Juzgado ACUERDA darle salida y devolver lo actuado a la solicitante. Déjese constancia en el libro diario Se le asignó el Nº 4144/2016.-

El Juez
Abg. EFRAÍN BALLESTER ACOSTA

El Secretario Temporal,
Abg. Edwin Godoy


EBA/EG/Yc.-