REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN DEL CIRCUITO JUDICIAL CON COMPETENCIA EN DELITOS DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER DEL ESTADO BOLÍVAR
EXTENSIÓN TERRITORIAL TUMEREMO.
Tumeremo, 24 de Agosto de 2016
206º y 157 º

ASUNTO PRINCIPAL : FK21-S-2012-000002
ASUNTO : FK21-S-2012-000002

RESOLUCION NRO: PJ0032016000212
ASUNTO: EJECUCIÓN DE SOBRESEIMIENTO
POR CUMPLIMIENTO DE CONDICIONES. ART.300.3

IMPUTADO: JOSE RAFAEL VILLARROEL FUENTES, titular de la cedula de identidad nro. 8.522.610, domiciliado en Sector Alto Perú frente al depósito de Helados EFE, Guasipati Municipio Roscio, estado Bolívar.

DELITO: VIOLENCIA FISICA, previsto y sancionado en el artículo 42 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.

UNICO:
Este Juzgado Primero Primera Instancia en Función de Ejecución del Circuito Judicial Penal Con Competencia en Materia de Delitos de Violencia Contra la Mujer del Estado Bolívar, Extensión Territorial Tumeremo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, conforme a lo dispuesto en el artículo 471 del Código Orgánico Procesal Penal, mediante el presente auto interlocutorio con fuerza de definitiva DECLARA LA EJECUCION DEL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, por Cumplimiento de Condiciones, previsto en el articulo 300 numeral 3º del Código Orgánico Procesal Penal, dictado el 05/08/2016, por el Tribunal Primero de Juicio de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal del estado Bolívar con Competencia en materia de Violencia Contra la Mujer en Funciones de Control, Audiencias y Medidas Extensión Tumeremo, en la investigación penal signada con el numero 07-2C-F05-DDC-0864-2012 llevada por la fiscalia quinta del Ministerio Publico con sede Tumeremo, con relación al delito VIOLENCIA FISICA, previsto y sancionado en el artículo 42 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia al ciudadano: JOSE RAFAEL VILLARROEL FUENTES.

Notifíquese al fiscal del Ministerio Publico en Materia de Ejecución Penitenciaria de la presente Decisión. Ofíciese al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalistas Sud Delegación Ciudad Guayana la exclusión del sistema SIPOL. Envíese en su oportunidad las presentes actuaciones al Archivo Judicial de este Circuito Judicial. Líbrese boletas de notificación y oficios a las partes.
LA JUEZA PRIMERA DE EJECUCION VCM TUMEREMO

ABG. YARLENY SALAZAR G.

LA SECRETARIA

ABG. BETZIBETH SILVA.