REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ODINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SUCRE, LA TRINIDAD Y ARÍSTIDES BASTIDAS.
TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SUCRE, LA TRINIDAD Y ARÍSTIDES BASTIDAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY. ACTUANDO EN ESTA SEDE DE MANERA TRANSITORIA.
Chivacoa, 14 de diciembre de 2016
AÑOS: 206º y 157º
Vista la solicitud que encabeza las presentes actuaciones, así como las declaraciones de los testigos presentados por la parte interesada, ciudadanos LISSETTE COROMOTO LÓPEZ, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la Cédula de Identidad Nº V-18.054.836 y residenciada en la calle Obontico de Palito blanco, casa s/n, Boraure, Municipio La Trinidad del Estado Yaracuy y RUBÉN ARMANDO LÓPEZ, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la Cédula de Identidad Nº V-10.857.705 y residenciado en la calle 19 de Abril, sector la Candelaria de Palito Blanco, Boraure, Municipio La Trinidad del Estado Yaracuy, SIN PERJUICIOS DE TERCERO DE IGUAL O MEJOR DERECHOS, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Sucre, La Trinidad y Arístides Bastidas de La Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme lo previsto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA las presentes actuaciones TÍTULO SUPLETORIO, sobre un terreno propiedad del Municipio la Trinidad del Estado Yaracuy, ubicado en la avenida Bruzual entre calles 9 y 10 sector el Lochal Boraure, Municipio La Trinidad del Estado Yaracuy, que mide TRECE METROS CON TREINTA CENTÍMETROS (13.30 Mts) de frente, NUEVE METROS CON TREINTA CENTIMETROS (9.30 Mts) de fondo, TREINTA Y CUATRO METROS CON OCHENTA CENTIMETROS (34.80 Mts) lateral derecho, TREINTA Y CINCO METROS CON SESENTA CENTIMETROS (35.60 Mts) lateral izquierdo; para un área total de CUATROCIENTOS DOCE METROS CUADRADOS CON OCHENTA Y CUATRO CENTIMETROS (412,84 M2), alinderado de la siguiente manera: NORTE: Avenida Bruzual; SUR: Casa y solar de la señora Ofelia Chávez, ESTE: Casa y solar de la señora Francisca López y OESTE: Avenida Bruzual. En dicho terreno existe una Vivienda Particular, construida con paredes de bloque de concreto, piso de cemento pulido y techo de acerolit, distribuido de la siguiente manera: Una (1) sala, una (1) cocina, tres (3) dormitorios y un (1) baño, cuatro (4) puertas de metal y tres (3) ventanas de madera batiente con protectores y una (1) de romanilla, la misma tiene un área de 103,92 M2, cercado al frente con media pared y enrejado de metal, lateral izquierdo con 25.80 Mts de pared de bloques de concreto, lateral derecho y fondo con paredes de bloque de cemento, posee árboles frutales tales como: dos (2) matas de aguacate, una (1) mata de limón y doce (12) cepas de cambur. En dicha casa ha invertido la cantidad de DOS MILLONES QUINIENTOS MIL BOLÍVARES (Bs. 2.500.000,00); a favor del ciudadano PERALTA SUÁREZ LISANDRO, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-3.260.096 y de este domicilio. Regístrese, publíquese y déjese copia certificada, a los efectos indicados en el Artículo 112 del Código de Procedimiento Civil. Notifíquese mediante oficio al ciudadano Sindico Procurador del Municipio La Trinidad del Estado Yaracuy sobre el presente fallo, de conformidad con la parte in fine del Artículo 153 de la Ley Orgánica del Poder Público Municipal, y una vez cumplido este requisito, devuélvase original con sus resultas a la parte interesada, una vez que sean proveídas por esta las copias fotostáticas relativas a la misma.
El Juez Temporal,
Abg° VILLASMIL ANTONIO PETIT APONTE
EL SECRETARIO SUPLENTE,
Abg° FRANCISCO JOSÉ GÓMEZ VALLE
Se dará cumplimiento a lo ordenado en la anterior decisión. En ésta misma fecha, siendo las diez y treinta de la mañana (10:30 Am) se registró y publicó la anterior decisión.
EL SECRETARIO SUPLENTE,
Abg° FRANCISCO JOSÉ GÓMEZ VALLE
VAPA/fjgv/mcgv
TS N° 338/16