TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIO DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA, COCOROTE, VEROES, SUCRE, LA TRINIDAD, BOLÍVAR Y MANUEL MONGE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.
San Felipe, 14 de Enero de 2016
Años: 205° y 156°

Vista la solicitud que encabeza estas actuaciones, así como las declaraciones de los testigos presentados por la parte interesada, ciudadanos GIL DANIEL CECILIO, venezolano, mayor de edad, hábil en derecho, domiciliado en la Calle Principal del Asentamiento Campesino de la Comunidad de Higuerón del municipio San Felipe, estado Yaracuy; y titular de la cédula de identidad Nº V-10.854.405 y GREGORIO DE JESUS MONTILLA, venezolano, mayor de edad, hábil en derecho, domiciliado en la Calle Principal de Higuerón, casa N° 01, municipio San Felipe Estado Yaracuy; y titular de la cédula de identidad Nº V-9.313.631; este Tribunal Primero de Primera Instancia Agraria de los Municipios San Felipe, Independencia, Cocorote, Sucre, La Trinidad, Veroes, Bolívar y Manuel Monge de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo previsto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con lo previsto en el artículo 555 del Código Civil; DECRETA las presentes actuaciones TÍTULO SUPLETORIO suficientes, para asegurar el derecho de propiedad, a favor del ciudadano FELIPE SANTIAGO ALVAREZ PÉREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-7.912.283, Soltero, civilmente hábil y domiciliado en Residencias El Parque, Avenida Libertador Sector 4, esquina Independencia Casa 8-1, municipio Independencia del estado Yaracuy, asistido por el abogado LUIS ALBERTO BUSTILLO CASTILLO, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 226.374, sobre las bienhechurías ampliamente descritas en el escrito de solicitud, construidas en un lote de terreno propiedad del INTI, ubicado en Carretera vía Higuerón-Charaguao. Asentamiento Campesino de la comunidad Higuerón del municipio San Felipe del estado Yaracuy, cuyos linderos son los siguientes: NORTE: Terreno que es o fueron del ciudadano Yvan Martínez y Carlos Camacaro; SUR: Terreno ocupado por la ciudadana Jhoana Oropeza y Carretera Vía Higuerón Chaguarao; ESTE: Terreno ocupado por el ciudadano Yvan Martínez y Jhoana Oropeza y OESTE: Carretera Vía Higuerón-Charaguao y Terreno ocupado por el ciudadano Carlos Camacaro, el referido inmueble se encuentra constituido unas columnas con base de concreto, un pozo artesanal de unos 6 a 10 metros de profundidad y encamisado, asimismo plantaciones de: 07 matas de aguacate, 10 matas entre plátanos y cambur, todo el predio se encuentra cercado, cuya cerca se encuentra combinada con botalones de matarraton (Gliricida seplum) y estantillos de madera muerta, con cuatro pelos de alambre de púa. Se dejan a salvo los derechos de terceros. Asimismo, se ordena entregar al solicitante, antes mencionado, estas actuaciones con sus resulta en original, dejando copias certificadas en el archivo del Tribunal.
EL JUEZ SUPLENTE,

ABG. RAMSES ALBERTO OCHOA.
EL SECRETARIO,


ABG. LUIS ELIGIO KLEM
En esta misma fecha, se cumplió lo ordenado en el auto que antecede, se devuelve original con sus resultas a la parte interesada, constante de sus folios útiles.
EL SECRETARIO,

ABG. LUIS ELIGIO KLEM
RAO/LEK/da.-
S-0706.