REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO CARONÍ DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLÍVAR
PUERTO ORDAZ, 15 DE ENERO DE 2016
AÑOS: 205º Y 156º

Vista la consignación realizada por el ciudadano JOSE ALEJANDRO SARACHE GOITIA, en su carácter de Alguacil titular de este despacho judicial en esta misma fecha en la presente solicitud de DIVORCIO 185-A INDIVIDUAL, presentada por el ciudadano WILLIAN OSWALDO GIL ARMAS, Venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. V-4.357.546 debidamente asistido por la abogada en ejercicio MAIRLEN LOPEZ INOJOSA, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nros. 11.809; y observando que efectivamente ha existido una falta de impulso procesal por parte de la solicitante, es por tal motivo que este Tribunal ante tales señalamientos, DECLARA TERMINADO la presente solicitud, y a tales efectos ordena el archivo del expediente. Así se declara.

LA JUEZA,

ABG. ANA MERCEDES VALLEE.
EL SECRETARIO

ABG. WILLIAMS CARABALLO.








Exp: 11.692

AMV/wc/Alejandro