REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO BRUZUAL.

TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO BRUZUAL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.

Chivacoa: 18 de Enero de 2016
Años: 205° y 156°

Vista la solicitud que encabeza las presentes actuaciones, así como las declaraciones de los testigos presentados por la parte interesada, ciudadanos: RAFAEL JOSE GUILLEN OJEDA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-11.652.858, domiciliado en la Comunidad de Pozo Nuevo Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, y ELIOQUER PIÑA GOMEZ venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V- 12.284.261 y domiciliado en la Avenida 13 entre Calles 11 y 12, Comunidad de Pozo Nuevo, Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme lo previsto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO DE PROPIEDAD a favor del ciudadano ROSALINO PIÑA BECERRA, Venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº. V- 10.369.482 de este domicilio, sin perjuicios de terceros de iguales o mejores derechos sobre una bienhechuría que el solicitante dice poseer sobre un lote de terreno Municipal, ubicado en la Avenida 10 entre Calles 15 y 16, Comunidad Pozo Nuevo de la Ciudad de Chivacoa del Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, en un área Total de Terreno de 127,59 Mts2 y un área de Construcción de 99,51 Mts2, dicha bienhechuría consiste en: una (1) casa con paredes de bloques frisada internamente, techo de zinc, piso de cemento pulido distribuida de la siguiente manera: una (1) sala, una (1) cocina, un (1) baño, dos (2) habitaciones, cuatro (4) puertas de hierros, dos (2) ventanas de hierros cercada perimetralmente con paredes de bloques con servicios de electricidad, aguas blancas y cloacas, cuyos linderos son los siguientes: NORTE: Casa que es o fue de Familia Calderón en 7,70 ml; SUR: Avenida 10 ( su frente) en 8,10 ml; ESTE: Casa que es o fue de Familia Piña en 16,15 ml OESTE: Casa que es o fue de Familia Piña en 16,15 ml; según se evidencia en el CERTIFICADO DE EMPADRONAMIENTO Nº 22 03 01 AU 102 15 23 emitido por la Dirección de Catastro del Municipio Bruzual del Estado Yaracuy en fecha 19 de Octubre de 2015. Devuélvase original con sus resultas a las partes interesadas y déjese copia certificada en el archivo del Tribunal. Se le asignó el No 4008/2015.-



El Juez

Abg. EFRAÍN BALLESTER ACOSTA

La Secretaria,

Abg. ERLEN MARTINEZ