REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR DE LO CONTENCIOSO TRIBUTARIO DE LA REGIÓN GUAYANA CON COMPETENCIAS EN LAS CIRCUNSCRIPCIONES JUDICIALES DE LOS ESTADOS AMAZONAS Y DELTA AMACURO SEDE CIUDAD BOLIVAR

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA




PODER JUDICIAL
TRIBUNAL SUPERIOR DE LO CONTENCIOSO TRIBUTARIO
de la Región Guayana con Competencia en las Circunscripciones Judiciales
de los Estados Amazonas, Bolívar y Delta Amacuro.

Ciudad Bolívar, 01 de febrero de 2016.
205º y 156º


ASUNTO: FP02-U-2008-000055

Revisadas las actas procesales que conforman el asunto identificado bajo el epígrafe de la referencia, se observa que en fecha 28 de mayo de 2010 (folios 81 al 83), este Tribunal dictó Sentencia Interlocutoria con fuerza de Definitiva Nº PJ0662001000084, mediante la cual se declaró la perención en el presente recurso contencioso tributario; y a los fines de dar cumplimiento a lo ordenado en la sentencia antes mencionada, se libraron las respectivas notificaciones a las partes, las cuales fueron debidamente practicadas, tal como consta en los folios 102, 103, 127, 133 y 155, respectivamente. En tal sentido y vencido como se encuentra el lapso de apelación, sin que la parte interesada haya hecho uso de tal derecho, se procede de oficio a otorgarle firmeza a la referida sentencia, y en consecuencia, el cierre y archivo del presente procedimiento a partir del presente auto constante de una (01) pieza de ciento sesenta y uno (161) folios útiles.

EL JUEZ SUPERIOR SUPLENTE




ABG. FRANCISCO G. AMONI V. LA SECRETARIA



ABG. MAIRA A. LEZAMA R.










FGAV/Malr/kagv.-