REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR DE LO CONTENCIOSO TRIBUTARIO DE LA REGIÓN GUAYANA CON COMPETENCIAS EN LAS CIRCUNSCRIPCIONES JUDICIALES DE LOS ESTADOS AMAZONAS Y DELTA AMACURO SEDE CIUDAD BOLIVAR
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL SUPERIOR DE LO CONTENCIOSO TRIBUTARIO
de la Región Guayana con Competencia en las Circunscripciones Judiciales de los Estados Amazonas, Bolívar y Delta Amacuro.
Ciudad Bolívar, 24 de febrero de 2016.
205º y 156º
ASUNTO: FP02-U-2014-000052
Revisadas las actas procesales que conforman el asunto identificado con el epígrafe de la referencia, se observa que este Tribunal en fecha 16 de septiembre de 2015 dictó y publicó sentencia Nº PJ0662015000139, en la cual se declaró el Decaimiento de la Acciòn por falta del interés procesal en el presente recurso contencioso tributario, donde se ordenó la notificación de las partes. Las cuales se encuentran debidamente cumplidas, tal como se evidencia a los folios 70, 88, 93 y 95, siendo la última notificación debidamente consignada por el Alguacil de fecha 05 de febrero de 2016. En consecuencia, se declara firme la sentencia dictada por este Despacho y se da por terminado el presente asunto, ordenándose así el correspondiente cierre y archivo definitivo a partir del presente auto. Para lo cual se deja constancia que el mismo se encuentra constituido por una (1) pieza principal de noventa y seis (96) folios útiles.
EL JUEZ SUPERIOR SUPLENTE
ABG. FRANCISCO G. AMONI V.
LA SECRETARIA
ABG. MAIRA A. LEZAMA R.
FGAV/Malr/desireè