REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Cuarto de Juicio Laboral de Puerto Ordaz
Puerto Ordaz, diecinueve (19) de febrero de dos mil dieciséis
205º y 156º
ASUNTO PRINCIPAL : FP11-L-2015-000176
ASUNTO : FP11-L-2015-000176
I
IDENTIFICACIÓN DE LAS PARTES Y SUS APODERADOS
PARTE DEMANDANTE: LUIS GREGORIO DIAZ LEONICIE, titular de la cédula de identidad Nº 12.396.282.-
APODERADA JUDICIAL DE LA DEMANDANTE Abg. JOSE GUILLERMO GUZMAN PEÑA inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 92.966
PARTE DEMANDANTE: Sociedad Mercantil ALUMINIOS PIANMECA C.A.
APODERADA JUDICIAL DE LA DEMANDANTE: Abg. WENCES FABRICIO LAREZ LOPEZ, inscrito en el inpreabogado bajo el N° 37.596
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES DINERARIAS POR PERDIDA INCOLUNTARIA DEL EMPLEO (PARO FORZOSO).-
II
PREELIMINARES
En fecha 16 de Febrero del 2016, se le da entrada a la presente causa por ante este despacho, el cual correspondió por distribución a éste Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Bolívar.
Revisadas las actas procesales que conforman el presente expediente, este Tribunal observa lo siguiente:
Que el asunto se trata de una demanda por cobro de prestaciones dineraria por pérdida involuntaria del empleo (paro forzoso),
Mediante acta de fecha 25 de Enero de 2016, (folio 37) la Jueza del Juzgado Cuarto de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar con sede Puerto Ordaz dejo constancia de la incomparecencia de la parte demandante, a la prolongación de la audiencia preliminar fijada para ese día a las 10.00 a.m., ni por si ni por medio de apoderado judicial alguno.
Ahora bien al considerar este Tribunal, que al ver sido constatada la incomparecencia de la parte accionante corresponde al referido juzgado hacer su pronunciamiento respecto al desistimiento conforme al artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, motivado a ello, este Tribunal ordena la remisión del presente asunto al Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Bolívar extensión Territorial Puerto Ordaz. Líbrese Oficio.-
LA JUEZA
Abg. MARVELYS PINTO
LA SECRETARIA DE SALA
ABG. OMARLIS SALAS
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