Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Extensión Ciudad Bolívar

Ciudad Bolivar, 10 de febrero de 2016
205º y 156º

ASUNTO : FP02-V-2016-000081
RESOLUCIÓN NRO. PJ0822016000130


SENTENCIA INTERLOCUTORIA CON FUERZA DEFITIVA

Vista la solicitud de separación de cuerpos presentada por los ciudadanos los ciudadanos ADRIANA MARIA MORENO VILORIA Y RONNY ENMANUEL HEREDIA CALMA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nº V-19.729.583 y V-15.618.908 y el auto de admisión dictado por este Tribunal en el cual se decreto dicha separación de cuerpos, este Juzgador, en cuento a las instituciones familiares de Obligación de manutención, responsabilidad de Crianza y Régimen de Convivencia Familiar acordado por las partes en la solicitud, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley HOMOLOGA dicho acuerdo por no ser contrario al orden Público, a las buenas costumbres y a ninguna disposición expresa de la Ley y ordena procederse como sentencia pasada en autoridad de Cosa Juzgada, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 359, 360, 375, 385 y 518 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes.


ABOG. LOLIMAR GARCIA HURTADO
Jueza Titular del Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación y Régimen Procesal Transitorio del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Estado Bolívar, Extensión Ciudad Bolívar

ABOG. YAQUELINE RODRIGUEZ
Secretaria

Seguidamente se le dio cumplimiento al auto que antecede. Cúmplase.


ABOG. YAQUELINE RODRIGUEZ
Secretaria

LGH/Neila.-