REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Primero De Primera Instancia En Funciones De Ejecución Del Circuito Judicial Con Competencia En Delitos De Violencia Contra la Mujer del Estado Bolívar Extensión Territorial Tumeremo.
Tumeremo, 26 de Febrero de 2016
205º y 157 º

ASUNTO PRINCIPAL : FP21-S-2015-000332
ASUNTO : FP21-S-2015-000332

RESOLUCION NRO: PJ0032016000039
ASUNTO: EJECUCIÓN DE SOBRESEIMIENTO.

IMPUTADO: EDGAR JOSE MEDINA GONZALEZ venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V- 15.522.891, estado civil soltero, fecha de nacimiento: 23/07/1983, natural de Acarigua Estado Portuguesa, hijo de la ciudadana: Ana Gonzalez y Edgar Medina, de oficio soldador, residenciado CaLLE Bolivar sector aeropuerto casa sin nro, Tumeremo- Estado Bolívar.

DELITO: Violencia Física Agravada, previsto y sancionado en el artículo 42 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.-

UNICO:
Este Juzgado Primero Primera Instancia en Función de Ejecución del Circuito Judicial Penal Con Competencia en Materia de Delitos de Violencia Contra la Mujer del Estado Bolívar, Extensión Territorial Tumeremo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, conforme a lo dispuesto en el artículo 471 del Código Orgánico Procesal Penal, mediante el presente auto interlocutorio con fuerza de definitiva DECLARA LA EJECUCION DEL SOBRESEIMIETO DE LA CAUSA dictado el09/02/2009, por el Tribunal Segundo de Primera Instancia en Funciones de Control, Audiencias y Medidas del Circuito Judicial Del Estado Bolívar, En materia de Delitos De Violencia Contra la Mujer, Puerto Ordaz, en la investigación penal Nº 07-F05-2C-1042-07, con relación a el delito ante señalado de Violencia Física, previsto y sancionado en el artículo 42 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, al ciudadano: EDGAR JOSE MEDINA.
Regístrese la presente decisión, Notifíquese al Fiscal del Ministerio Público, en Materia de Ejecución. Notifíquese a las partes.
LA JUEZA PRIMERA DE EJECUCION DVM TUMEREMO

ABG. YARLENY SALAZAR G.


LA SECRETARIA

ABG. SILVIA QUEZADA