REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR DE LO CONTENCIOSO TRIBUTARIO DE LA REGIÓN GUAYANA CON COMPETENCIAS EN LAS CIRCUNSCRIPCIONES JUDICIALES DE LOS ESTADOS AMAZONAS Y DELTA AMACURO SEDE CIUDAD BOLIVAR
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL SUPERIOR DE LO CONTENCIOSO TRIBUTARIO
de la Región Guayana con Competencia en las Circunscripciones Judiciales de los Estados Amazonas, Bolívar y Delta Amacuro.
Ciudad Bolívar, 27 de julio de 2016
206 y 157º
ASUNTO: FP02-U-2010-000026
Vistos los escritos de informes presentados en fecha 04 de julio de 2014 y 22 de julio de 2.016, por la Abogada Nellys Cabrera, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 124.955, en representación del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria SENIAT, y el segundo por los Abogados Ricardo Bernal y Fraymar Hernández, venezolanos, mayores de edad, titular de cédula de identidad Nros 16.914.525 y 16.914.774, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nros 131.609 y 125.726 respectivamente, actuando en su carácter de sustitutos del Procurador General del Estado Bolívar, dentro del lapso establecido en el artículo 281 del Código Orgánico Tributario vigente. En consecuencia, se concede el lapso de ocho (08) días de despacho siguientes a los fines de que las partes presenten sus observaciones a los informes del contrario, y vencido este, comenzará a transcurrir el lapso de sesenta (60) días continuos para dictar sentencia.
EL JUEZ SUPERIOR PROVISORIO
Abg. FRANCISCO G. AMONI V.
LA SECRETARIA
Abg. MAIRA A. LEZAMA R.
FGAV/Malr/desireè